Miles de inquilinos se enfrentan a un fuerte incremento del precio de su alquiler de vivienda si les toca realizar la revisión anual del contrato. Los propietarios pueden aplicar anualmente una subida en base al IPC. Y la escalada de este índice en la actual coyuntura puede añade un elemento más al crecimiento del precio de los suministros.

Si durante los últimos años las alzas eran muy moderadas, el actual contexto ha dado la voz de alarma y la invasión de Rusia a Ucrania contribuirá a agravar el actual escenario inflacionista y el incremento de precios podría alcanzar el doble dígito. De momento, el Instituto Nacional de Estadística (INE) publicó hace unos días el dato adelantado, que se situó en el 7,4%. Se trata de 1,3 décimas más que en enero y marca la tasa más alta de los últimos 33 años.

"Si está recogido por contrato, el propietario tiene todo el derecho del mundo a aplicar esa subida. Pero tener un inquilino de confianza que es buen pagador y cuida de la vivienda, es mejor que intentar subir un poco el alquiler", comenta a El Independiente Ferran Font, director de estudios del portal inmobiliario Pisos.com.

En un contrato por un piso de 1.000 euros, una subida con el dato de febrero sería de 74 euros al mes y de 888 euros al año. En caso de que el inquilino se niegue a aceptar la subida, aunque siga pagando la mensualidad inicialmente pactada, estaría incumpliendo una de las cláusulas del contrato y podría ser motivo para obligarle a abandonarla.

Como alternativa, existe la posibilidad de llegar a un acuerdo entre las partes para que la subida no se corresponda exactamente con el crecimiento del IPC y pueda quedarse en un tercio o en la mitad. "Hay muchos propietarios que con la que está cayendo con la subida de la luz y del gas -que es lo que está modificando de forma importante los precios- prefieren no subirlo o subirlo la mitad", explica Iñaki Unsain, presidente de la Asociación Española de Personal Shopper Inmobiliario (AEPSI).

Todo depende, añade, del tipo de arrendatario que ocupe la vivienda. "Yo recomiendo tener cuidado con cabrear al inquilino, que por ganar 50 euros más al mes igual te quedas sin él o te deja de pagar", apunta Unsain. "El mayor incremento de precios está en los consumos energéticos, que ya pagan los inquilinos. Si además le metes otra subida por el IPC le estás haciendo sufrir mucho más", remata.

Además, el cambio de inquilino lleva habitualmente asociados una serie de gastos que pueden superar el montante total obtenido por la revisión del precio del alquiler. Desde la renovación de paredes, hasta la contratación de una agencia para publicar la oferta y realizar las visitas durante un período de tiempo en el que no se está cobrando ninguna renta.

Por suerte, la subida sólo se puede realizar cuando se cumpla la anualidad de la firma del contrato. Y como requisito, el propietario debe avisar con antelación de su intención de ejecutar el incremento. Sin embargo, el hecho de no haberlo ejecutado en la fecha indicada, no significa que el propietario renuncie a ello si así consta en el contrato.