El paro indefinido convocado por la Plataforma para la Defensa del Sector del Transporte desde el lunes 14 de marzo está teniendo mucho más eco del previsto en un inicio por el Gobierno. También por los sindicatos mayoritarios o las grandes patronales del sector, que no lo secundaron. Grandes centros logísticos como Mercamadrid llevan varios días funcionando a la mitad de su capacidad, con una caída de hasta el 60% en la llegada de productos como pescados, mariscos, frutas y hortalizas.

Algunas flotas pesqueras del Cantábrico anunciaron el martes que pararían su actividad al no ver garantizada la distribución de sus productos. Lo mismo está sucediendo con la huerta en el sur de España. En la tarde del miércoles, la industria láctea ha confirmado que dejará de trabajar a partir del jueves por no poder abastecerse ni distribuir sus producciones.

Todas las reclamaciones de la huelga del transporte

El paro convocado por esta plataforma, que agrupa principalmente a pequeñas empresas, autónomos y asalariados, dirige sus reivindicaciones al ministerio de Trabajo, encabezado por Yolanda Díaz, y al ministerio de Transportes, dirigido por la ministra Raquel Sánchez.

Sus reclamos al ministerio de Transportes tienen que ver con los costes de los servicios, los intermediarios, la carga y descarga de las mercancías o la aplicación de nuevos peajes en las carreteras:

1- Prohibición sin posibilidad de pacto en contra, ni de acuerdos contractuales, de la contratación de los servicios de Transporte de mercancía por carretera por debajo de los costes de explotación.

2- Limitar la intermediación en el contrato de Transporte a un solo
contratista
. Establecer responsabilidad directa al cargador principal en caso de impago de los servicios al transportista, dotando a las juntas arbitrales de capacidad jurídica para el ejercicio de la Acción directa contra el cargador principal.

3- Plazo de pago máximo a 30 días por los servicios de transporte, por Ley, sin posibilidad de pactos en contra, unido a régimen sancionador por su incumplimiento.

4- Con entrada en vigor de manera inmediata, prohibición por Ley de la carga y descarga por parte de los conductores y autónomos que realicen la conducción de sus vehículos. Sin posibilidad de acuerdos ni pactos con cargadores ni destinatarios. Con sanciones en función de los importes que recoge la normativa laboral para las empresas incumplidoras.

5- Decreto Ley que obligue y limite las labores de carga y descarga de los camiones en un tiempo máximo de 1 hora desde su llegada, o desde la hora pactada.

6- Cláusula de obligado cumplimiento sin posibilidad de pacto en contra, para la facturación de forma automática junto al servicio de Transporte en concepto de Paralización, si se rebasa el tiempo estipulado que se señala en el punto anterior.

7- Obligación del consignatario y destinatario de poner en los albaranes y/o carta de porte los horarios de llegada y de salida en los puntos de carga y descarga respectivamente, y en su defecto se dará por válida la lectura del tacógrafo.

8- Erradicación de la creación por parte de grandes empresas, que de
manera paralela a sus actividades principales, utilizan el modelo
cooperativista para reconvertir a sus conductores en falsos autónomos.

9- Compromiso firme de la Inspección de Transporte para dar cumplimiento a la limitación del cabotaje reduciendo a un solo viaje en los seis primeros días de entrada al país de acogida, por parte de transportistas comunitarios, esto es, entretanto no haya una armonización fiscal y laboral que se equiparen los costes laborales y fiscales. Consideración de infracciones muy graves al incumplimiento de dicha norma, siendo de la misma gravedad la no presentación de documentos que acrediten el tiempo, forma y servicios en territorio español, así como la paralización del vehículo a pie de carretera y su expulsión en casos de reincidencia o falsedad documental.

10- Revisión de los acuerdos bilaterales en materia de transporte, se
requieren los mismos requisitos de cumplimiento en cuanto a fiscalidad de los carburantes usados para la entrada en las fronteras de la CEE.

11- Igualdad de tributación para los tráficos nacionales realizados por las
empresas buzón en territorio español.

12- Eliminación de las autorizaciones de operador de transporte. Todas las empresas ya sean persona física o jurídica deben desaparecer como
OT y consolidarse como empresas de transporte y obtener autorizaciones
de transporte. Deberán contar con flota de vehículos adaptados para el
transporte público de mercancías equivalente al 30% de capacidad de
demanda medida en función del tonelaje y disponer de conductores
inscritos en el Régimen General de la Seguridad Social.

13- Modificación del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de sanciones, notificaciones y requerimientos. Se están detectando fallos en el sistema de notificaciones electrónicas, que originan expedientes por obstrucción a la labor inspectora, que a su vez en múltiples ocasiones generan recargos que están dañando gravemente la economía de las empresas de transporte, principalmente a los autónomos y pequeñas empresas.

14- Seguridad vigilada por parte del Estado en áreas de descanso y polígonos industriales, para el correcto descanso y seguridad de los conductores, al igual que la correcta custodia a vehículos y mercancías.

15- Creación de nuevas áreas de descanso que den respuesta al flujo actual de vehículos ubicadas en toda la red viaria. Es inadmisible que se estén imponiendo sanciones por sobrepasar los tiempos de conducción, cuando el motivo de dicho exceso, viene motivado por la falta de lugares seguros para el inicio de los descansos diarios.

16- Espacios acondicionados y dignos para conductores en centros de carga y descarga, para la entrega y recogida de documentación, esperas y poder satisfacer unas mínimas necesidades de alimentación e higiene.

17- Eliminación de las restricciones a camiones en periodos vacacionales y/o en puentes por días festivos.

18- No a las 44 toneladas. La aprobación de esta normativa conllevaría
para nuestro sector más precariedad y constituiría un incremento de la sobreoferta de transporte en más de un 10% y más importante todavía, la falta de seguridad en carretera para los conductores, así como el deterioro de los vehículos e infraestructuras.

19- No al pago por la utilización de infraestructuras a las empresas de transporte nacionales, debido a que todo el gravamen que soporta una empresa de transporte española, ya paga sobradamente la partida correspondiente al mantenimiento de las infraestructuras que se utilizan.

Sus reivindicaciones a Trabajo son las siguientes:

20- Jubilación a los 60 años y anticipada a los 58 para los conductores profesionales, por ser una profesión clasificada de alto riesgo, aplicando los coeficientes reductores.

21- Reconocimiento de la totalidad de las enfermedades profesionales derivadas de esta profesión, tanto para los conductores asalariados como para los autónomos.

22- Consideración de accidentes laborales en todo caso, los sucedidos en los periodos de trabajo y disponibilidad dentro de la actividad.

23- Creación de un Convenio Único Estatal de obligado cumplimiento para los conductores asalariados con las condiciones económicas y laborales en base a los mínimos que refleja el Observatorio de Costes en la partida salarial en función de la clase de vehículo y el ámbito territorial.

24- Que se habilite la cuota de formación profesional que se viene pagando desde hace 2 años, en igualdad a los conductores asalariados que ya la tienen habilitada a través de los seguros sociales desde hace muchos años.