La Agencia Tributaria ha devuelto ya 11.269 millones de euros a 14,69 millones de contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 2022 (IRPF 2022) al cierre de 2023. Así, según indica el Ministerio de Hacienda en un comunicado, a fecha del 29 de diciembre de 2023 se habían efectuado el 97,5% de las devoluciones solicitadas en número y se habían abonado el 95% de los importes correspondientes, ratios muy similares a los del año pasado.
Asimismo, Hacienda detalla que se mantiene un fuerte incremento en tasa interanual de las devoluciones pagadas (+8,5% en número y +16,5% en importe), algo que ya se apreciaba en julio del año pasado al cierre de la campaña de la renta y que es consecuencia del incremento registrado en las propias solicitudes de devolución de los contribuyentes.
A cierre de año se han presentado un total de 23 millones de declaraciones, un 3,9% más que el año anterior, de las cuales el 65,5% (15 millones) eran con resultado a devolver y 6,4 millones con saldo a ingresar. Por vías de presentación de declaraciones, el plan 'Le Llamamos' de confección de declaraciones por teléfono se mantiene como principal sistema con asistencia personalizada, con 1,07 millones de declaraciones, cifra muy similar a la del año pasado y que representa casi el 58% de todas las presentaciones realizadas con asistencia personalizada, señala Hacienda. El resto se corresponden con las más de 779.000 declaraciones presentadas en las oficinas, un 20,1% más que el año previo.
El 92% la presentan por internet
De esta forma, Hacienda detalla que un total de 1,8 millones de declaraciones se presentaron en la pasada campaña con asistencia específica al contribuyente, bien en oficinas o bien por teléfono, lo que supone 124.000 más que en la anterior campaña. Añade que se asienta así la doble alternativa para aquellos contribuyentes menos habituados a las nuevas tecnologías que requieren asistencia personalizada, con y sin desplazamiento a una oficina física.
No obstante, la gran mayoría de contribuyentes, casi el 92% del total, sigue presentando la declaración de la Renta por internet. En la campaña que ahora concluye se han presentado 21,1 millones de declaraciones por esta vía, de las cuales 20,6 millones han sido a través de la página web de la Agencia, un 3,2% más que el año anterior. Las 528.000 declaraciones restantes, hasta totalizar las presentadas por internet, han sido presentadas mediante la aplicación móvil de la Agencia, canal que este año registró un fuerte incremento del 23,3% en las presentaciones, indica.
Asistencia virtual en Renta todo el año
Por último, el Ministerio de Hacienda explica que la principal novedad de esta campaña, el 'Asistente virtual de Renta', ha seguido disponible todo el año en la web de la Agencia, junto con el 'Informador', para resolver dudas sobre el impuesto que les puedan surgir a los contribuyentes. En el conjunto del año, ambas herramientas han ofrecido más de 790.000 respuestas a los contribuyentes, dato global que incluye las 522.000 respuestas que ofrecieron durante la propia campaña y que supuso 3,5 veces más que el 'Informador' en la campaña del año pasado. "El asistente supone un paso más en la flexibilidad del sistema de ayuda que ofrece la Agencia, dado que el contribuyente puede realizarle preguntas con lenguaje natural para llegar a la respuesta que necesita", concluye Hacienda.
La próxima campaña, solo por medios electrónicos
Hay que recordar que en el real decreto-ley de medidas anticrisis publicado la semana pasada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Gobierno fijaba la obligación de presentar la declaración del Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF) a través de medios electrónicos "siempre que la Administración tributaria asegure la atención personalizada a los contribuyentes que precisen de asistencia para su cumplimentación por tales medios".
Se trataba de una precisión de Hacienda que se producía después de una sentencia del Tribunal Supremo de este mismo año, que puso de manifiesto una "insuficiencia normativa" para el establecimiento de los medios electrónicos como único cauce para la presentación de la declaración del IRPF. En la sentencia publicada en julio de este año, el Tribunal anuló la exigencia a los contribuyentes de presentar la declaración del IRPF por medios electrónicos a través de Internet, contemplada en la Orden del Ministerio de Hacienda del 4 de marzo de 2019.
En su opinión, la orden fijaba esta obligación para todos de manera general sin determinar "supuestos y condiciones" que justificaran razones de capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos para que se imponga tal obligación. El Supremo aclaraba entonces que la Ley General Tributaria "reconoce el derecho, que no la obligación", de los ciudadanos a utilizar los medios electrónicos, así como el deber de la Administración de promover su utilización. Asimismo, añadía que a los contribuyentes la Ley General Tributaria les reconoce el derecho a relacionarse con la Administración y a hacerlo con las garantías necesarias a través de técnicas y medios electrónicos, informáticos o telemáticos, "pero no la obligación de hacerlo, no desde luego como resultado de esta norma, cuyo significado como principio general de ordenamiento jurídico tributario resulta patente".
Casi medio año después de esta sentencia, el Gobierno ha aprobado ahora una modificación de la ley para solventar esta deficiencia normativa advertida por el Supremo, partiendo de la realidad práctica que viene poniéndose de manifiesto en las Campañas de la Renta de los últimos diez años, en el que gracias a las distintas vías de asistencia a los contribuyentes se ha podido realizar la presentación de sus declaraciones del IRPF a través medios electrónicos propios, de terceros o proporcionados por la Agencia.
Según el Ejecutivo, esta medida no altera en modo alguno los distintos elementos de cuantificación o determinación de la cuota del impuesto para los contribuyentes, que siguen siendo los establecidos en la normativa actualmente vigente. Asimismo, afirma que se hace "necesario y urgente" que exista esta habilitación legal expresa antes de que comience la próxima Campaña de Renta y se apruebe la orden reguladora del modelo de declaración del IRPF correspondiente al año 2023.
De su lado, en relación con el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, se prevé también legalmente la obligación de declaración del impuesto por medios electrónicos, ya que se entiende que dada la naturaleza de los sujetos pasivos --personas físicas con patrimonios netos de un importe muy significativo-- deberían tener acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios para su cumplimentación.
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