La cuota de autónomos tendrá cambios significativos en 2025. El objetivo no es otro que adecuar el régimen al resto de Europa, hacer más fácil la vida del autónomo que menos factura, y simplificar el modelo.
Un nuevo sistema de cotización por rendimientos netos que establece cambios para las cuotas de los autónomos de 2025, en función de sus ingresos reales. El nuevo formato, que entrará en vigor el 1 de enero, marca las tablas con las bases de cotización mínimas y máximas de los autónomos.
Estos cambios repercutirán en los más de 3 millones de autónomos que hay en España según los últimos datos proporcionados por el Ministerio de Trabajo. Así que las condiciones cambiarán para miles de personas que tendrán que pagar más a la Seguridad Social.
Las novedades en la cuota de autónomos para 2025 buscan una mayor equidad en las aportaciones a la Seguridad Social
Además, 2025 será el primer año en el que los autónomos paguen sus cuotas después de la primera regularización que Seguridad Social comenzará a realizar en los próximos meses.
Esto, tras cruzar las cotizaciones que pagaron los trabajadores por cuenta propia con los ingresos que declararon en la pasada campaña de la Renta. Por tanto, la Seguridad Social podría modificar su tramo de ingresos, aunque más tarde podrían volverlo a cambiar.
Hasta ahora, los trabajadores por cuenta propia podían elegir su base de cotización dentro de unos límites, independientemente de sus ingresos reales. Este sistema permitía a algunos autónomos pagar una cuota más baja, aunque esto implicara también una menor protección social en el futuro.
Con la nueva normativa, esta libertad desaparece y se establece un sistema que, según el Gobierno, busca una mayor justicia y progresividad en las aportaciones.
Cuotas de autónomos basadas en ingresos reales, un cambio crucial
Hablamos así de la que será una de las más grandes novedades de los últimos tiempos para estos trabajadores. Porque, por primera vez, la Seguridad Social va a revisar los ingresos reales declarados. Tras la comprobación, pueden darse tres situaciones:
- Si el autónomo ha cotizado correctamente, no habrá ajuste en su cuota de autónomos.
- Si ha cotizado de más, recibirá una devolución.
- Si ha cotizado de menos, tendrá que pagar la diferencia.
Esta es la forma que tiene el sistema de asegurarse que los autónomos paguen exactamente en función de los rendimientos netos reales que han declarado en Hacienda.
Se establecerán 15 tramos en función de los ingresos netos mensuales, que van desde 670 a 6.000 euros al mes. Las cuotas establecidas en los últimos años van de los 230 a los 500 euros y a partir de 2025 serán de 200 a 590 euros. Por tanto, los que menos ingresos tengan al mes tendrán que pagar 30 euros menos mientras que los que más ingresen tendrán que pagar hasta 90 euros más por la cuota de autónomos.
Las nuevas cuotas de autónomos
Igualmente, esto no quiere decir que aquellos con rendimientos netos, que coticen por la base mínima de su tramo, paguen las cuotas establecidas.
Según los ingresos recogidos por la declaración de la Renta, la Seguridad Social tiene permiso para regularizarlas y adaptarlas a las que hay en su famosa tabla.
Tramo de rendimientos netos | Base mínima | Base máxima |
---|---|---|
<=670 | 653,59 | 718,94 |
> 670 y <=900 | 718,95 | 900,00 |
>900 y < 1.166,70 | 849,67 | 1 166,70 |
>= 1.166,70 y <=1.300 | 950,98 | 1 300,00 |
> 1.300 y <=1.500 | 960,78 | 1 500,00 |
> 1.500 y <=1.700 | 960,78 | 1 700,00 |
> 1.700 y <=1.850 | 1 143,79 | 1 850,00 |
> 1.850 y <=2.030 | 1 209,15 | 2 030,00 |
> 2.030 y <=2.330 | 1 274,51 | 2 330,00 |
> 2.330 y <=2.760 | 1 356,21 | 2 760,00 |
> 2.760 y < =3.190 | 1 437,91 | 3 190,00 |
> 3.190 y <=3.620 | 1 519,61 | 3 620,00 |
> 3.620 y <= 4.050 | 1 601,31 | 4 050,00 |
> 4.050 y <=6.000 | 1 732,03 | 4 139,40 |
> 6.000 | 1 928,10 | 4 139,40 |
A partir de estas cotizaciones, se puede calcular la cuota de autónomos que pagarán al mes. Esto, aplicando el 31,3% a la base que hayan elegido dentro de su tramo de rendimientos netos. De esta manera, en 2025 los autónomos pagarán, como mínimo, 205 euros mensuales de cuota, mientras que el máximo llega a los 1.296 euros.
Ahora bien; las variaciones reales en la tabla de cuotas de los autónomos de cara a 2025 si se cotiza por la base mínima sufrirán cambios respecto al año anterior a partir del tramo 4. Es decir, las personas que tienen un rendimiento neto de 1.700 euros o más:
- Tramo 4 (rendimientos netos de entre 1.700 y 1.850 euros). Su base de cotización será de 1.143,79 euros, y pagarán una cuota de 350 euros, por los 320 que pagaban el año pasado. Se trata de una diferencia de 360 euros al año.
- Tramo 5 (rendimientos netos de entre 1.850 y 2.030 euros). Pagarán 370 euros de cuota, por los 325 euros de este año. La diferencia asciende a 540 euros anuales.
- Tramo 6 (rendimientos netos de entre 2.030 y 2.330 euros). Pagarán 390 euros de cuota, por los 330 euros de este año. La diferencia supone 720 euros anuales.
- Tramo 7 (rendimientos netos de entre 2.330 y 2.760 euros). Pagarán 415 euros de cuota, por los 340 euros de este año. La diferencia asciende a 900 euros anuales.
- Tramo 8 (rendimientos netos de entre 2.760 y 3.190 euros). Pagarán 440 euros de cuota, por los 360 euros de este año. Es decir, 960 euros más cada año.
- Tramo 9 (rendimientos netos de entre 3.190 y 3.620 euros). Pagarán 465 euros de cuota, por los 380 euros de este año. O, lo que es lo mismo, 1.020 euros más cada año.
- Tramo 10 (rendimientos netos de entre 3.620 y 4.050 euros). Pagarán 490 euros de cuota, por los 400 euros de este año. La diferencia asciende a 1.080 euros anuales.
- Tramo 11 (rendimientos netos de entre 4.050 y 6.000 euros). Pagarán 530 euros de cuota, por los 445 euros de este año. Es decir, 1.020 euros más cada año.
- Tramo 12 (rendimientos netos de más de 6.000 euros). Pagarán 590 euros de cuota, por los 445 euros de este año. O, lo que es lo mismo, pagarán 720 euros más de cuotas cada año.
¿Cómo hay que comunicar los cambios a la Seguridad Social?
Durante meses, la Seguridad Social ha estado enviando cartas a los autónomos informándoles de la obligación de comunicar determinados los datos que hubiesen sido modificados.
Esto es debido a que la Ley General de la Seguridad Social establece que los trabajadores autónomos debían informar a la Tesorería General de la Seguridad Social sobre cualquier variación que afectase a su situación en el RETA. Estos datos sirven para calcular la base reguladora utilizada en el nuevo sistema de cotización. Para hacerlo, podemos seguir estos pasos:
- Entra en la página web de la Tesorería General de la Seguridad Social. Puedes hacerlo a través de este enlace.
- Una vez dentro, accede a tu 'Área Personal'. Inicia sesión usando el método que prefieras.
- Con la sesión iniciada, pulsa en el apartado 'Altas, bajas y modificaciones'.
- Dentro de la sección 'Bajas y modificaciones', dirígete al apartado 'Modificación de datos de trabajo autónomo'.
- En la pantalla que aparece ahora, pulsa en 'Solicitar modificación'.
- Baja hasta llegar a 'Cuota y cotización'. Allí pulsa en 'Modificar' dentro de 'Base de cotización'.
- Elige la base que quieras teniendo en cuenta el tramo que te corresponde según la nueva tabla de cuotas.
- Después, elige si quieres que tu base se actualice automáticamente de forma anual o no. Una vez elijas, presiona 'Continuar' y 'Aceptar'.
Sanciones de hasta 7.500 euros por no informar de los cambios a la Seguridad Social
Todos los trabajadores por cuenta propia anteriores tenían que aportar la documentación necesaria para realizar estos cambios en sus cotizaciones y correspondientes cuotas de autónomos. En caso de no hacerlo, pueden enfrentarse a multas que ascienden hasta los 7.500 euros, como recoge la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
Tal y como explica la norma, no informar de las variaciones de datos o de otras obligaciones en materia de inscripción de empresas, supone una infracción grave. Hay que tener en cuenta que estas sanciones varían según la gravedad.
Al mismo tiempo, en el artículo 39 queda recogido cómo es posible ser multado con sanciones que oscilan entre los 750 y los 7.500 euros para los trabajadores que cometan el error.
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