El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha notificado ya a Quim Torra su inhabilitación para cargo público, en cumplimiento de la condena impuesta por un delito de desobediencia y ratificada este lunes por el Tribunal Supremo. En su diligencia, el TSJC declara firme la sentencia y la inhabilitación del presidente catalán y ordena su notificación al secretario del Govern, Victor Cullell, "a los efectos oportunos" y al vicepresident, Pere Aragonés, para que "active la sustitución interina" prevista por la ley. Además, se notifica al presidente del Parlament, Roger Torrent, responsable de iniciar los trámites para su sustitución.

La inhabilitación de Quim Torra llevará al cese del presidente de la Generalitat, una situación inédita hasta ahora, que ha generado no pocas dudas en el Govern. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ya ha dictado el auto que abre la ejecución de la sentencia contra Torra y que hace efectiva, desde hoy, su inhabilitación. Pero desde el Govern defienden que el cese es efectivo a partir del momento en el que se publica en el BOE el real decreto, que compete al Ministerio de la Presidencia.

Se había especulado con la posibilidad de que la Generalitat "jugara" con los tiempos de publicación en el Diario Oficial de la Generalitat, (DOGC), como sucedió en 2017, pero los juristas de la Generalitat dejan claro en el informe elaborado a petición del secretario del Govern, Victor Cullell, que la Generalitat debe plegarse a unos tiempos que gestionará el Gobierno, a partir de ese real decreto firmado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el jefe del Estado, Felipe VI. Un margen que, en todo caso, será de días, apuntan.

A partir de ese momento, se convocará una reunión extraordinaria del Consell Executiu, en la que Pere Aragonés, vicepresidente del ejecutivo catalán, asumirá las funciones del presidente hasta la convocatoria de elecciones mediante un decreto ley firmado por todos los miembros del Govern. Todos los consellers, así como los altos cargos y personal de confianza, pasan a estar en funciones y tienen limitadas por tanto sus atribuciones.

Aragonés no podrá cesar ni nombrar consellers ni reestructurar el gobierno. El ejecutivo no tendrá ya iniciativa legislativa, más allá de los decretos ley, que deben ser posteriormente validados por el Parlament. Una herramienta con la que el ejecutivo catalán confía en gestionar con solvencia esta interinidad, recordando que la crisis sanitaria se ha afrontado en base a 25 decretos ley y resoluciones de los departamentos de Salud, Interior, y Bienestar Social, fundamentalmente.

El Govern no podrá, sin embargo, impulsar la aprobación del presupuesto para 2021 en el que debería fijarse la distribución de los fondos europeos para hacer frente a la crisis del Covid-19.

Recurso ante el TC

El informe elaborado por los servicios jurídicos del Govern deja claro, por otro lado, que no hay opción jurídica para suspender la efectividad de la sentencia cuando sea ratificada por el Tribunal Supremo. La defensa de Quim Torra puede recurrir ante el Tribunal Constitucional y solicitar medidas cautelarísimas para suspender su cese como president, pero solo se suspendería el cese si el Constitucional avala esas medidas cautelares.

Paralelamente, el presidente del Parlament debe poner en marcha la maquinaria parlamentaria para sustituir a Torra o convocar elecciones. Se abre de forma automática el plazo de diez días hábiles para que Roger Torrent realice la ronda de contactos con todos los grupos sobre la existencia, o no de un candidato a la investidura.

Un plazo que los juristas entienden que debe agotarse, para salvaguardar el derecho de todos los grupos a buscar alianzas para presentar un candidato a la investidura. Pasados esos diez días, sin candidato alternativo como parece en principio "el pleno tiene que constatar de manera formal la imposibilidad de una investidura", según la fórmula utilizada por el Consejo de Estado en su informe al respecto de 2002.