El Ministerio de Justicia tiene sobre la mesa desde hace meses una propuesta de Unidas Podemos para reformar el Código Penal y que la sedición solo sea considerada delito si se usan armas en el alzamiento contra las autoridades competentes, con lo que los condenados por el 1-O no lo habrían cometido.

El borrador de la proposición de ley, a la que ha tenido acceso Efe y que ha sido adelantado este miércoles por El País, plantea que sean "reos de sedición" quienes se alcen "violenta y públicamente" para impedir por la fuerza la aplicación de normas o resoluciones judiciales o el legítimo ejercicio de las potestades administrativas o judiciales, "perturbando seriamente el orden público".

Y añade un segundo párrafo para dejar claro que "los alzados deberán valerse del uso de las armas u otros medios peligrosos aptos para poner en grave riesgo la vida de las personas o causar lesiones graves.”

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ha insistido en los últimos meses en la necesidad de revisar la tipificación de los delitos de rebelión y sedición en el Código Penal y esta semana avanzó su intención de reforzar además el delito de desobediencia al Tribunal Constitucional.

Por el momento no ha dado detalles de cómo podría quedar el delito de sedición, por el que fueron condenados los principales dirigentes del proceso soberanista catalán y que esperan a ver si los cambios les permiten rebajar sus penas de prisión y adelantar la salida de la cárcel.

Fuentes de Unidas Podemos señalan que enviaron su iniciativa a Justicia cuando comenzó el mandato de Campo, a principios de año.

En ella recuerdan que la actual redacción del delito de sedición no contempla en su definición el requisito de la violencia o la amenaza de violencia, y destaca que por ello pudo aplicarse a los condenados por el 1-O.

Tras recordar que Amnistía Internacional ha pedido a España revisar ese tipo penal para no criminalizar indebidamente actos de "desobediencia civil pacífica", el partido que lidera Pablo Iglesias destaca la necesidad de que las restricciones de derechos fundamentales, como el derecho de reunión o manifestación, cumplan los requisitos de "legalidad, finalidad legítima, necesidad y proporcionalidad".

En su proposición proponían también derogar el apartado 3 del artículo 315 del Código Penal que penaliza con hasta tres años de cárcel a los piquetes que coaccionen una huelga, una iniciativa que en esta legislatura ha llevado al Congreso el PSOE y que Podemos había registrado ya en la pasada.