La Audiencia Nacional ha revocado la decisión del juez Santiago Pedraz de decretar el sobreseimiento libre de la causa por genocidio contra el líder del Frente Polisario, Brahim Ghali, abierta a raíz de la querella que interpuso contra él la Asociación Saharaui para la Defensa de los Derechos Humanos (ASADEDH) cuando supo que se encontraba en España, hospitalizado por Covid.

La decisión se basa en un aspecto formal. Los magistrados de la Sala de lo Penal recuerdan que, puesto que la querella se presentó contra Ghali por presuntos delitos de genocidio en concurso con delitos asesinato, lesiones, detención ilegal, terrorismo, torturas y desapariciones, la causa por éstos debería haberse tramitado como sumario y no como diligencias previas de procedimiento abreviado, según lo hizo el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5, que acordó el archivo el pasado 29 de julio.

Decisión "exclusiva" de la Sala

El Tribunal añade que, en el sumario, la decisión de sobreseimiento es “exclusiva” de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, una decisión que puede ser recurrida en casación de acuerdo con el artículo 848 de la Ley de Enjuiciamiento criminal.

Por ello, los magistrados concluyen que el juez central de instrucción carecía de competencia para tomar la decisión de sobreseer la causa y lo revoca para que, "previa acomodación del procedimiento, el juez acuerde, con libertad de criterio, lo que estime procedente en relación a la conclusión de sumario con o sin procesamiento".

Es decir, es posible que la causa sea archivada nuevamente pero la Audiencia Nacional insta a que se haga por el procedimiento adecuado, estimando parcialmente los recursos presentados por los querellantes.