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Penalistas esperan un aluvión de revisión de sentencias si se modifica el delito de malversación

El Gobierno no ha hecho ninguna consulta a la Comisión General de Codificación, el órgano asesor para las reformas legales de calado, sobre la modificación del Código Penal que se abordará a través de una enmienda de Esquerra Republicana de Catalunya

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez se dirige a los medios de comunicación tras asistir al acto institucional del Día de la Constitución

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez se dirige a los medios de comunicación tras asistir al acto institucional del Día de la Constitución EFE

La reforma del delito de malversación a la que se ha abierto el Gobierno a través de una enmienda de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) a la modificación del Código Penal supondrá, en caso de prosperar con el apoyo de una mayoría del Congreso, un aluvión de peticiones para revisar sentencias similar al ocurrido con la 'Ley del sólo sí es sí'.

Así lo consideran penalistas económicos consultados por El Independiente, quienes ven "imposible" que una reforma de dicho delito centrada en la distinción entre el lucro personal y el uso irregular de fondos públicos sin ese beneficio propio no suponga un retroceso en la lucha contra la corrupción, como aseguró este martes el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

Esa reforma "quirúrgica", impulsada por ERC en beneficio principalmente de su líder Oriol Junqueras, condenado en la sentencia del procés por sedición y malversación, estaría centrada en rebajar las penas para el desvío del patrimonio público cuando no sea en beneficio propio. Después del anuncio de Sánchez, ministras de su gobierno como Pilar Alegría (Educación) y la jueza Margarita Robles (Defensa), han defendido que la reforma está destinada a continuar con el proceso de "pacificación" en Cataluña y que habrá "líneas rojas" con la corrupción, que no supondrá un "coladero" de ésta. Sin embargo, los expertos en Derecho Penal económico consultados por este periódico lo ven muy difícil.

"Aberración jurídica"

En el año 2015, el Partido Popular, con su mayoría parlamentaria, modificó el Código Penal al estilo alemán, estableciendo una distinción dentro del delito de sustracción indebida de caudales públicos entre la apropiación indebida y la administración desleal. Se trasladó al funcionariado público la posibilidad de cometer delitos en los que hasta el momento incurrían los particulares que hicieran un mal uso del patrimonio de su empresa. La pena para quienes provocan un perjuicio al patrimonio (en beneficio personal o no) superior a 250.000 euros aumentó de 8 a 12 años.

Según la concepción actual del delito, en el caso de la apropiación indebida se exige que haya un encargo, una misión para la comisión del delito de quien se apodera de los fondos públicos. En el de la administración desleal, lo que se pena es la utilización ilegal de los fondos de todos. Los penalistas consultados ven favorable volver a la redacción anterior a 2015 porque consideran que dicha distinción no era necesaria y suponía una aplicación de la ley más incómoda y difusa. Sin embargo, califican de "aberración jurídica" la intención de modificar el Código Penal para hacer una distinción entre los cargos públicos que se lucran personalmente con el desvío de fondos del Estado y los que no, favoreciendo a los segundos. Consideran que el delito en sí no es el beneficio personal, sino administrar indebidamente los fondos públicos y por eso ven incorrecto considerar una cosa peor que la otra y reflejarlo así en el Código Penal.

La modificación traerá consigo peticiones masivas de revisiones de sentencias, algunas por delitos de corrupción política

Según ha podido saber este diario, el Gobierno no ha hecho ninguna consulta a la Comisión General de Codificación, donde existe una sección Penal, para acometer la reforma que se hará por medio de una enmienda a la modificación de la sedición en el Código Penal que ya está en marcha. Dicha Comisión es el "órgano superior colegiado de asesoramiento al ministro de Justicia al que corresponde, en el ámbito de las competencias propias del departamento ministerial al que está adscrito, la preparación de los textos prelegislativos y de carácter reglamentario y cuantas otras tareas se le encomienden para la mejor orientación, preservación y tutela del ordenamiento jurídico", según su propia definición. El informe de dicho órgano para las reformas legales no es preceptivo, el Ejecutivo no está obligado a recabar su asesoramiento, pero sería deseable que lo hiciera, como trasladan fuentes internas, para evitar desajustes y efectos inesperados como el ocurrido con la armonización de las penas para los delitos sexuales en la 'Ley del sólo sí es sí', que ya ha supuesto la rebaja de condenas en más de medio centenar de casos y la salida de prisión de algunos agresores por la rebaja de las penas mínimas a las que fueron condenados con el nuevo marco legal.

Precisamente los expertos en delitos económicos consultados ponen el foco en que la modificación que plantea el Gobierno traerá consigo peticiones masivas de revisiones de sentencias, algunas por delitos de corrupción política, puesto que se hará una comparación del marco punitivo y los condenados pedirán que se les apliquen las nuevas penas si son menores.

Beneficiaría a los líderes del 'procés'

La reforma, según se plantea, implicaría una rebaja de las penas de los líderes del procés que fueron condenados por sedición y malversación, puesto que el Gobierno sólo les indultó el primero de los delitos. Ambos llevaban aparejadas penas de inhabilitación, por lo que la rebaja de la malversación también acortaría el tiempo durante el que se estableció que los políticos independentistas condenados no puedan optar a cargos públicos.

En la sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo contra el desafío independentista de 2017 no se especificó cuántos años de las penas impuestas -la de Junqueras fue de 13 - correspondían a la sedición y cuántos a la malversación, puesto que fueron en concurso medial. Si se aborda la reforma, habrá que ver qué revisión de sentencia hace el tribunal sentenciador.

Desprotección del sector público

En caso de que se rebajen las penas para el uso indebido de caudales públicos sin lucro personal, los penalistas consultados ven un peligro de desprotección del sector público, puesto que desviar el dinero del Estado, si no es para uso personal, se verá menos grave y tendrá menor castigo. En el caso de que se aumentaran las penas para quien obtenga lucro personal dejando las otras como están tampoco ven que se vaya a evitar la corrupción.

El principal problema que ven los expertos consultados es que el Gobierno quiera aparentar que se va a solucionar un problema general con una legislación que va destinada a favorecer a unos pocos.

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