La Audiencia Provincial de Madrid ha excarcelado a un agresor sexual en aplicación a la conocida como ley del sólo sí es sí. La Sección Sexta ha considerado que la nueva legislación es más favorable a este hombre, que fue condenado a ocho años de prisión. Ahora la pena se queda en cuatro años y seis meses de cárcel.

Esta última rebaja de condena es la octava puesta en libertad en los órganos judiciales de la Comunidad de Madrid desde la entrada en vigor de la reforma legal. No obstante esto, el reo permanecerá en prisión hasta abril de 2025 al tener todavía pendiente el cumplimiento de una pena impuesta por otro órgano judicial.

En el caso de la rebaja de pena, la Justicia probó que en diciembre de 2000 Óscar C. G. obligó a José Ramón T. E. y a Rocío T. L. a desnudarse y mantener relaciones entre ellos. Previamente el condenado había golpeado en la cabeza al hombre con una figura de escayola y le ató las manos con una cuerda mientras le amenazaba con un cuchillo.

Como no consiguió su objetivo de que ambos mantuviesen relaciones sexuales, Óscar C. G. penetró vaginalmente a Rocío y la obligó a hacerle una felación. Óscar, portando el cuchillo en todo momento, impidió salir de la casa a José Ramón y a Rocío y, al caer la noche, les obligó a subirse en su vehículo y estuvieron dando vueltas por diferentes calles de Madrid durante horas.

Tras la revisión de la condena, de mayo de 2013, la Sala ha acordado, con fecha de 23 de enero de 2023, fijar en tres años y seis meses de prisión la pena por el primero de los delitos de agresión sexual (en lugar de los seis años impuestos inicialmente) y un año de prisión por el segundo de los delitos de agresión sexual (frente a los dos años que le impuso la sentencia en primera instancia).

73 rebajas en la Comunidad de Madrid

A su vez, la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rebajado en apelación dos sentencias condenatorias –sin que en ninguno de los casos esta revisión haya supuesto la excarcelación del reo-, mientras tramita otras dos peticiones de rebaja. En el caso de la segunda, la Sala ha rebajado la pena de prisión a siete años y seis meses frente a los nueve años a los que fue condenado el reo con el anterior Código Penal por un delito de abuso sexual sobre menor.

En las 15 Secciones Penales de la Audiencia Provincial de Madrid se están revisando de oficio hasta la fecha de elaboración de esta nota 269 sentencias firmes con condenado en prisión (lo que supone el 62,55% de la totalidad de las sentencias de esta naturaleza dictadas por este órgano colegiado) y 161 a instancia de parte (el 30%), ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid.

Como consecuencia de la revisión, se ha rebajado la pena en 70 casos (el 15,7 de las sentencias revisadas). Los mismos magistrados y magistradas han desestimado 146 solicitudes (el 32,4%).

Simultáneamente, en los seis juzgados de ejecutorias de Penal, competentes para juzgar los casos sancionados con hasta cinco años de prisión, se han revisado de oficio 23 condenas, de las cuáles solo en un supuesto se ha reducido la pena de prisión. El resto han sido denegadas por encontrarse el cumplimiento de la pena dentro de los límites penológicos.