El Tribunal Supremo ha informado al Gobierno en contra de la concesión del indulto total a Juana Rivas, la mujer de Maracena (Granada) condenada a dos años y seis meses de prisión por negarse a devolver a sus dos hijos menores a su expareja, padre de los niños y quien tenía la custodia de éstos y residía en Italia, Francisco Arcuri, alegando que era un maltratador.

El Pleno de la Sala de lo Penal del alto tribunal ha enviado un informe al Gobierno, que es quien tiene que decidir si concede la medida de gracia solicitada por la mujer, en el que se opone a que se le perdone la totalidad de la pena. Sin embargo, respecto a la concesión de un indulto parcial para que la condena por sustracción de menores se quede en dos años en lugar de dos años y seis meses, como interesó la Fiscalía, ocho magistrados se han mostrado a favor y otros ocho, en contra.

Condenada por este tribunal

Los magistrados de la Sala Segunda Manuel Marchena, Julián Sánchez Melgar, Miguel Colmenero, Pablo Llarena, Carmen Lamela, Eduardo Porres, Ángel Hurtado y Leopoldo Puente se han negado a la concesión del indulto parcial aludiendo, por un lado, a la excepcionalidad de dicha medida en la legislación española y, por otro, a que hace muy poco tiempo que la propia Sala confirmó la condena por sustracción para Juana Rivas.

“Si el indulto se administra sin atender a circunstancias verdaderamente distintivas, relacionadas desde luego con criterios de equidad, cuyo concurso en el caso las hace aptas para la limpia diferenciación entre la situación de la persona condenada, favorecida por el indulto, sea total sea parcial, y otras en posición semejante, frente a las que la medida de gracia no se actúa, la generalidad de la norma, y el derecho a la igualdad de todos los ciudadanos a la que aquella sirve, padece”, argumentan en el informe remitido al Gobierno.

“No comprendemos las razones por las que, apartándonos de aquella decisión, deberíamos proponer ahora, solo unos meses después, la concesión de un indulto, aun cuando fuera parcial, para reducir la pena a una magnitud que nosotros mismos, de manera fundada, descartamos entonces”, consideran en referencia a su propio fallo.

Angustia del menor

Por su parte, los magistrados Andrés Palomo, Andrés Martínez Arrieta, Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Ana Ferrer, Vicente Magro, Susana Polo y Javier Hernández apoyan el indulto parcial para la madre que se negó a entregar a sus hijos al padre al que tiene denunciado por malos tratos, escondiéndose con ellos. Fundamentan el apoyo de la medida de gracia limitada en que durante los últimos cuatro años no ha reincidido, sino que ha cumplido con las obligaciones de entregar a los menores al padre después de haber estado con ellos y a su integración en su entorno social, igual que argumentó la Fiscalía, que apoya el indulto parcial.

Por otro lado, argumentan la necesidad de que se le reduzca la pena en el interés de uno de los hijos que padece angustia por no poder estar con la madre, lo que se ha constatado en la documentación médica de la causa. Los magistrados destacan que existe una condena de tres meses contra el padre por lesiones en el ámbito familiar, aunque también otras denuncias de la madre que se han archivado. Concluyen que “no estamos ante la angustia ordinaria que a cualquier menor o progenitor le ocasiona que éste ingrese en prisión, sino aquella que mueve a entender la conveniencia de un seguimiento médico y detectan en su intensidad las autoridades judiciales; y correlativamente vive la madre, pues al margen de que acreditara o no los malos tratos (no olvidamos que es un elemento probatorio, ahora aportado, sobre el que no ha recaído contradicción), la vivencia de esa angustia tan acusada, efectivamente existe. Del mismo modo que una enfermedad es una situación habitual, en algún caso extremo, cuando es escasamente conciliable con el cumplimiento de la pena de prisión, como ha sucedido esta misma semana, hemos informado favorablemente, la concesión del indulto”.