El artículo 7.1 del RD 465/2020 de 17 de marzo establece que "durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las siguientes actividades, que deberán realizarse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada".

Pues bien: alguna cabeza privilegiada del Ministerio del Interior ha interpretado de forma absolutamente desproporcionada, torcida, esa referencia contenida en el adverbio "individualmente", y están multando a las personas que van en coche particular en número de más de uno.

Imaginemos: el marido que lleva a su mujer al trabajo y se les viene el guardia, el poli encima y les dice que les pone una multa, porque sólo puede ir uno por vehículo. Le dicen: "¡Pero bueno, que si no la llevo, se tiene que ir en el Metro, en el tren o en el autobús, y allí hay más gente, ¿no?!". Pero el agente sigue en sus trece y les pone la sanción. ¿Subrealista, verdad? Pues está pasando. Y pueden extender la casuística de estos supuestos hasta donde su imaginación les dé.

Ante la falta de experiencia en la aplicación de unas medidas tan draconianas, no faltan los excesos de los agentes de la autoridad

Avisaba en mi artículo del domingo pasado que, ante la falta de experiencia en la aplicación de unas medidas tan draconianas, no faltarían los excesos de los agentes de la autoridad. Pero nunca pensé que esos excesos, en realidad, se debieran a instrucciones excesivas en si mismas, impartidas por la cúpula de un Ministerio como el del Interior, presidido, además, por un magistrado en excedencia como es Fernando Grande-Marlaska, quien debiera tener un sentido mucho más acendrado que el común de los ciudadanos respecto del principio de proporcionalidad.

A Grande-Marlaska, sin duda, le tienen que sonar conceptos como la interpretación teleológica de las normas, que no es otra cosa que aplicarlas de acuerdo con su finalidad última; y también le tiene que sonar eso del respeto de las normas al derecho natural, ontológicamente hablando. Pero mucho más aún le tendría que sonar lo del sentido común, ¿no? ¿Es de sentido común impedirle a la gente que use el vehículo particular para ir con algún compañero al trabajo?

Pero no se lo pierdan: un discapacitado ciego, como soy yo mismo, tiene derecho a que le lleven en coche. Pero tengo que ir en el asiento trasero derecho; no puedo ir al lado de mi conductor. Sin embargo, luego, cuando nos bajamos y él me tiene que acompañar. ¿Querrán también que lo hagamos a más de un metro de distancia? O sea, ¿no tendré que agarrarme a él en ese momento?

Espero que esta decisión absurda tenga el mismo recorrido temporal que lo de las peluquerías, o que eso otro de no poder sacar los niños al supermercado o a cualquier otra gestión que tengan que realizar los padres; o tantas y tantas improvisaciones que están haciendo estos pollos sin cabeza.

Aunque sin confianza alguna en las medidas sanitarias a la vista de esa improvisación, de la falta de material sanitario, de la política errática incluso en las primeras recomendaciones que se nos daban, no seré yo quien aliente la desobediencia ciudadana. Pero sí quiero fomentar la resistencia a las injusticias, la propagación de la crítica a las medidas irracionales, y, finalmente, la impugnación de sanciones injustas y descabelladas. Ojalá que no seamos sólo unos pocos los que nos opongamos a tanto desatino.

Desde luego, a personajes que muestran una talla tan mediocre con medidas como las que aquí critico, yo no les firmaría un contrato de trabajo.