Cataluña | Política

Desafío independentista en Cataluña

El Supremo tratará de evitar que el juicio del 'procés' coincida con las elecciones de mayo

El tribunal que juzga a los líderes independentistas. EFE

El Tribunal Supremo pretende que el juicio del ‘procés’ haya finalizado antes de que arranque el periodo electoral en mayo y los ciudadanos tengan que acudir el día 26 a las urnas a depositar sus votos en las elecciones municipales, autonómicas y europeas.

Según informan fuentes jurídicas a El Independiente, el calendario que se maneja en la Sala Segunda es el siguiente: que el juicio arranque a finales de enero -si es posible- y finalice antes de que comience la campaña electoral, ya que en el ánimo del Supremo está no interferir en el devenir político del país. No obstante, las mismas fuentes explican que es difícil saber "con exactitud" cuántos meses se va a prolongar la vista oral ya que dependerá en gran medida de la prueba –testificales, periciales, etc- propuestas por las defensas y acusaciones y de, si a medida que se celebren sesiones, se renuncia o no a parte de la misma. El plazo que se baraja ronda los tres meses.

Si este plan de trabajo se cumple, el borrador de la sentencia –cuya ponencia ha correspondido al presidente del tribunal, el magistrado Manuel Marchena- podría estar listo para antes de agosto.  

Además, en el seno del Supremo hay disposición a hacer grandes esfuerzos para que se dé una respuesta penal unánime a quienes violaron la Constitución e hicieron frente a la legalidad vigente desde el Parlament y la Generalitat. Los integrantes de la Sala Andrés Martínez Arrieta, Luciano Varela, Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Ana Ferrer, Andrés Palomo del Arco y Marchena tratarán de dictar una sentencia por unanimidad ya que se trata de una “cuestión de Estado”.

Fuentes jurídicas explican que en el Alto Tribunal hubo durante años un pacto tácito en las sentencias de terrorismo al considerarla otra cuestión de Estado. Muy diferente pero, también, una cuestión de Estado. Dicho acuerdo se tradujo en que no se dictaron resoluciones judiciales con votos particulares en delitos terroristas mientras que la organización ETA cometía atentados y mataba a seres inocentes. Esta circunstancia cambió a raíz de que la banda anunciara su cese definitivo de la violencia y ahora hay ocasiones en las que los magistrados sí suscriben votos particulares a la hora de resolver recursos de casación de terrorismo.

El juicio, de martes a jueves

De igual manera, las fuentes informantes explican que está previsto que el juicio se celebre los martes, miércoles y jueves en sesión de mañana y tarde en el histórico Salón del Plenos del tribunal. Serán juzgados el ex vicepresidente Oriol Junqueras, los exconsellers Raül Romeva, Jordi Turull, Josep Rull, Joaquin Forn, Dolors Bassa, Meritxell Borrás, Carles Mundó y Santiago Vila, la expresidenta de la Mesa del Parlament Carme Forcadell, el exlíder de ANC Jordi Sánchez y el presidente de Omnium Cultural, Jordi Cuixart.

Además, el Alto Tribunal cuenta con que, durante la fase de cuestiones previas, van a tener que solventar casi con total probabilidad dos cuestiones de forma más que de fondo: el uso del catalán y la exhibición de lazos amarillos.

Por un lado, la Sala, que en el auto donde resolvió el previo pronunciamiento ya avanzó que no se permitirá la traducción simultánea, tiene que determinar los términos en los que se admitirá el uso del catalán durante la vista. El tribunal está a la espera de que las defensas presenten los escritos anunciados con sus respectivas peticiones para el uso de la lengua materna de los acusados. Una vez que se hayan formulado dichas solicitudes el Supremo valorará en qué términos las resuelve.

Por otra parte, en el Supremo no se descarta que se dé la circunstancia de que los líderes del ‘procés’ y sus familiares acudan al juicio portando lazos amarillos a favor de la independencia. El tribunal de enjuiciamiento en ese caso estudiará el artículo 686 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que sostiene que el presidente de la Sala tiene la facultad de “prohibir las muestras de aprobación o de desaprobación” con los miembros del tribunal. Con los letrados no hay discusión puesto que lo tienen prohibido en su estatuto profesional.

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