Carles Puigdemont no será inmune de forma automática tras las elecciones europeas del próximo 26 de mayo. Aunque tanto el expresidente de la Generalitat como su entorno jurídico trasladan que así será y que por tanto podrá volver a España para recoger su acta sin miedo a ser detenido, el Parlamento Europeo les desmiente: Puigdemont sólo adquirirá la inmunidad a partir del día 2 de julio de 2019, cuando se celebre la sesión constitutiva de la Eurocámara, y tras haber cumplido con todos los requisitos que marque la Ley española.

Distintas fuentes jurídicas consultadas avalan la interpretación del Parlamento Europeo y confirman que Puigdemont será detenido si pisa suelo español -al pesar una orden nacional de busca y captura contra él- y acto seguido puesto a disposición del Tribunal Supremo, de tal modo que no llegaría a gozar de la inmunidad, ni el 2 de julio ni ningún otro día. La razón es que una vez que sea detenido el magistrado del 'procés' Pablo Llarena regularizaría su situación procesal. Dicho en otras palabras, lo enviaría a prisión de forma incondicional por los delitos de rebelión y malversación de caudales públicos por los que fue procesado en el Alto Tribunal.

Una vez que se encuentre en prisión la aventura del parlamentarismo europeo acabaría para el líder de la Crida. Quedaría bajo la supervisión del Supremo el que se le permitiese desplazarse hasta la Junta Electoral Central a recoger el acta, siendo altamente improbable que la Justicia española le otorgara a un prófugo ese derecho. Se trataría de acudir a un acto solemne donde Puigdemont tendría que jurar el cumplimiento de la Constitución. De todo punto surrealista.

Portavoces oficiales del organismo comunitario, consultados por El Independiente, confirman además el momento exacto en el que Carles Puigdemont gozaría de la inmunidad parlamentaria, en caso de conseguir los votos necesarios en los comicios del 26 de mayo. "El día de la sesión constitutiva: el 2 de julio de 2019, siempre que haya cumplido con los requisitos marcados por la ley electoral nacional, que en el caso de España es la Ley Orgánica del Régimen Electoral General", sentencian.

El Parlamento Europeo confirma que la inmunidad de un europarlamentario no es efectiva hasta el día 2 de julio, cuando se constituya la Cámara

Estos trámites quedan regulados en la LOREG en su artículo 224, que establece que la Junta Electoral Central procederá "no más tarde del vigésimo día posterior a las elecciones, al recuento de los votos a nivel nacional, a la atribución de escaños correspondientes a cada una de las candidaturas y a la proclamación de electos". A partir de ese momento, en los cinco días posteriores se convocará un acto público en el que "los candidatos electos deberán jurar o prometer acatamiento a la Constitución ante la Junta Electoral Central", con sede en el Congreso de los Diputados, en Madrid.

"Transcurrido dicho plazo, la JEC declarará vacantes los escaños correspondientes a los Diputados del Parlamento Europeo que no hubieran acatado la Constitución y suspendidas todas las prerrogativas que les pudieran corresponder por razón de su cargo, todo ello hasta que se produzca dicho acatamiento", completa el artículo.

Fuentes de la Junta, citadas por Europa Press, aseguran además que este organismo sólo envía al Parlamento Europeo las credenciales de los diputados que recogen su acta tras haber jurado la Constitución. A ojos del Parlamento Europeo, dicen, Puigdemont no sería nadie hasta que no se produjera ese trámite. Para tener inmunidad, por tanto, el expresidente autonómico que proclamó la DUI tendría que pasar por España, una promesa que ya incumplió en 2017 cuando su partido hizo campaña bajo el lema: "Para que vuelva el president, hay que votar al president".

El precedente de Ruiz-Mateos

El entorno de Puigdemont confía sin embargo en el precedente del año 1989, cuando el excéntrico empresario José María Ruiz-Mateos se presentó a las elecciones europeas realizando su campaña electoral mientras se encontraba en busca y captura por la agresión al ministro Miguel Boyer. Una campaña surrealista en la que Ruiz-Mateos, lejos de permanecer huido fuera de España, apareció en Ferraz pegando carteles y se coló vistiendo una peluca en una rueda de prensa ofrecida por el entonces ministro de Hacienda, Carlos Solchaga, en Burgos.

Ya entonces se suscitó el debate sobre qué pasaría con Ruiz-Mateos, la recogida de su acta y su inmunidad parlamentaria. Las elecciones se celebraron el 15 de junio de aquel año y Ruiz-Mateos se presentó voluntariamente cinco días más tarde ante el juez Adrián Varillas, que había ordenado anteriormente su ingreso en prisión. Varillas revocó su orden y la Fiscalía emitió un comunicado en el que asumía la inmunidad de Ruiz-Mateos "como cualquier otro parlamentario español".

Ruiz-Mateos no recogió su acta a distancia: lo hizo desde la cama de un hospital de Madrid después de que un juez le dejara en libertad tras entregarse

Ruiz-Mateos juró su acta presencialmente, con una particularidad. Mientras que sus 59 compañeros lo hicieron en un acto oficial en el Congreso de los Diputados el 10 de julio de 1989, él lo hizo nueve días más tarde ante Ignacio Astarloa, secretario de la Junta Electoral Central que se trasladó a la habitación de hospital en la que se recuperaba de una operación. Posteriormente, desarrolló con normalidad su actividad en el Parlamento Europeo hasta que el 18 de febrero de 1991 el Pleno del PE le retiró la inmunidad tras un suplicatorio enviado casi un año antes por el Tribunal Supremo, que asumió la causa. La votación para levantar la inmunidad de Ruiz-Mateos salió adelante en Estrasburgo con 118 votos a favor, 48 en contra y siete abstenciones.

El equipo jurídico que asesora a Carles Puigdemont confía en repetir punto por punto esa situación, y amenaza con llevar a España a los tribunales europeos de no repetirse el mismo guion que con Ruiz Mateos. Sin embargo, fuentes jurídicas matizan la comparación e incluso subrayan, como ha informado este mismo martes El Diario, que la Fiscalía encabezada por Javier Moscoso se precipitó en su interpretación de la norma hace ahora 30 años. El entonces abogado de Ruiz-Mateos, Marcos García Montes, sostiene sin embargo que la interpretación del Supremo y la Fiscalía debería ser la misma hoy que entonces.

Una 'jugada maestra' con muchos obstáculos

La nueva "jugada maestra" del expresidente de la Generalitat tiene como objetivo último volver a ocupar ese cargo. Y su plan sería el siguiente: resultar elegido en las elecciones europeas del 26 de mayo, regresar a España retando a las autoridades a no detenerle enarbolando el ejemplo de Ruiz-Mateos como bandera, y aprovechar el lapso de 25 días establecido por la Junta Electoral Central para ser investido presidente de la Generalitat antes de que su asiento en el Parlamento Europeo quedase vacante y con él desaparecieran los posibles privilegios de la inmunidad.

El plan del ex president es regresar a España como europarlamentario para retar al Poder Judicial que enjuicia al 'procés'

Asumir el acta, de hecho, no sería una opción para Puigdemont en este caso, dado que en el momento de hacerlo perdería automáticamente la condición de diputado autonómico y con ello la opción de ser investido presidente por el Parlament, que exige que el jefe del Ejecutivo sea miembro de la Cámara. Así lo establece el Estatuto de Cataluña en su artículo 67.2: "El Presidente o Presidenta de la Generalitat es elegido por el Parlamento de entre sus miembros".

Sin embargo, toda la laberíntica estrategia del "procesado rebelde" y su equipo jurídico choca de lleno con la interpretación del Parlamento Europeo. Su inmunidad sólo existiría a partir del 2 de julio de 2019, una vez adquirida la condición de europarlamentario y, por tanto, perdida la condición de diputado autonómico. Así lo establece también la LOREG en el artículo 211, que establece las causas de inelegibilidad e incompatibilidad de los Diputados al Parlamento Europeo. Entre ellas: "Quienes sean miembros de las Cortes Generales y quienes sean miembros de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas". En esos supuestos, establece la ley, "la incompatibilidad se resuelve a favor de la condición parlamentaria adquirida en último término", es decir, la europea.

Puigdemont no tendría que elegir entre actas: la ley elige por él. Y cuando Puigdemont asegura, como este martes, que "con el acta de eurodiputado volvería a Cataluña", deja abierta la puerta a una restitución que la ley cierra de modo automático. Sus rivales políticos, tanto dentro como fuera del independentismo, hablan de un nuevo farol del expresidente que proclamó la DUI. La ley, también.