La sentencia del Tribunal Supremo que ha obligado a Telecinco a cesar la emisión del concurso televisivo 'Pasapalabra', con casi dos millones de espectadores diarios, ha caído como un jarro de agua fría para los seguidores de uno de los programas más longevos de la televisión privada española. En la noche de este martes, la cadena de Mediaset ha cerrado un capítulo de oro, al emitir la última edición tras dos décadas en antena.

El fallo de la Sala de lo Civil da la razón a la productora británica ITV Global Entertainment frente a Mediaset y reconoce que es ésta, y no Telecinco, quien ostenta los derechos de exclusiva sobre el formato y el nombre del programa. Pero, ¿por qué tiene que dejar la cadena de emitir el concurso? ¿Cuándo se inició la causa? Aquí, las claves.

¿Cómo empezó el enfrentamiento?

Precisamente la cadena Mediaset presentó la primera demanda contra ITV en diciembre de 2010 por nulidad de acuerdos al darse cuenta de que en los contratos que había firmado daba los derechos de propiedad intelectual sobre el programa a la productora británica.

La demanda se volvió en contra de la cadena cuando ITV contestó con una nueva demanda que fue admitida a trámite. En ésta, la productora solicitaba que Telecinco dejara de emitir el programa porque los derechos de exclusiva sobre el formato 'Pasapalabra' y también sobre el nombre del programa eran suyos.

¿Por qué no puede haber rosco?

Después del cruce de demandas en los juzgados ordinarios, llegaron los recursos a la Audiencia de Madrid, que dio la razón a la productora ITV y concluyó que Telecinco no podía "emitir, editar, producir o retransmitir" el programa 'Pasapalabra'.

La sentencia también daba la razón a la productora ITV sobre la titularidad de la prueba más conocida del programa, denominada el 'Rosco'. En ésta, los concursantes deben acertar contrarreloj las palabras que comienzan con cada una de las letras del abecedario. Según la sentencia de la Audiencia de Madrid, el 'Rosco' es lo mismo que la prueba endgame diseñada previamente por ITV.

¿Pueden emitir un programa similar?

La sentencia de la Audiencia de Madrid confirmada ahora por el Supremo impide a Telecinco emitir 'Pasapalabra', pero también "cualquier otro programa de televisión que tenga un formato idéntico o similar al de 'Pasapalabra' o que contenga esa denominación". Por lo tanto, si la cadena quiere continuar con un concurso en la franja horaria previa a los informativos -una de las de mayor audiencia- tendrá que pensar en un formato muy distinto al hasta ahora presentado por Christian Gálvez.

¿Qué supone la sentencia del Supremo?

El fallo de la Sala Civil del Tribunal Supremo hecho público este martes confirma la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid y obliga a Telecinco a dejar de emitir el programa de manera inmediata. El recurso de amparo de Mediaset contra la decisión de la Audiencia madrileña sólo hacía referencia al asunto de las indemnizaciones. Sin embargo, ambas partes esperaban la resolución del alto tribunal para hacer efectiva la sentencia previa.

Así, el Supremo confirma, como ya dijo aquella sentencia, que ITV "ostenta los derechos de exclusiva" de propiedad intelectual tanto del formato como de la denominación del programa. También que la emisión constituye una violación de sus derechos de exclusiva, por lo que debería dejar de emitirse de manera inmediata.

¿Qué pasa con el 'merchandising'?

'Pasapalabra' ya es una institución en la televisión. Y eso se nota en que, además del programa, se ha creado toda una red publicitaria, de merchandising, a su alrededor. Existen juegos de mesa, videojuegos y multitud de promociones alrededor del concurso cuya propiedad intelectual el Supremo, igual que la Audiencia, consideran que es de la productora. De ahí que también se prohíba por sentencia la venta de todos estos productos con multa diaria de 600 euros si se hace.