Política

El tribunal rechaza que 4 condenados por los ERE entren ya en prisión, como pedía la Fiscalía

La Audiencia de Sevilla se desmarca de Anticorrupción y no aprecia el riesgo de fuga alegado / El encarcelamiento de José Antonio Viera, Antonio Fernández, Javier Guerrero y Juan Márquez sólo se producirá si el Supremo confirma la sentencia

Javier Guerrero, ex director general de Trabajo de la Junta de Andalucía, llegando este jueves a la Audiencia de Sevilla para la 'vistilla'.

Javier Guerrero, ex director general de Trabajo de la Junta de Andalucía, llegando este jueves a la Audiencia de Sevilla para la 'vistilla'. EFE

La Audiencia de Sevilla ha rechazado este viernes que ingresen en prisión cuatro de los ex altos cargos de la Junta de Andalucía condenados a más de siete años de prisión en el escándalo de los ERE antes de que el Tribunal Supremo resuelva los recursos y la sentencia sea firme.

Ésta es la decisión que ha adoptado el tribunal que ha juzgado la pieza política del caso ERE tras la vistilla de medidas cautelares celebrada este jueves a instancias de la Fiscalía Anticorrupción, que pedía la entrada ya en la cárcel de los ex consejeros de Empleo José Antonio Viera y Antonio Fernández y los ex directores generales de Trabajo y Seguridad Social Javier Guerrero y Juan Márquez por “riesgo de fuga” y por tener otras causas pendientes. Se trata de cuatro de los seis condenados a más de siete años de cárcel como autores de un delito continuado de malversación de fondos públicos.

Frente al criterio del Ministerio Público, la Sala considera "suficientes" para conjurar el riesgo de fuga las medidas que ya pesaban sobre los dos condenados para los que se decretó libertad provisional tras ingresar en la cárcel en la fase de instrucción -Fernández y Guerrero- como era la presentación mensual en el juzgado, la prohibición de abandonar el territorio español y la entrega del pasaporte, que no podrán renovar. A José Antonio Viera y Juan Márquez se les impone ahora estas mismas medidas y se les obliga a comparecer ante el tribunal el primer lunes de cada mes y a designar un domicilio.

Invocando doctrina del Tribunal Constitucional, la Sala recuerda que "una cosa es prorrogar la prisión y otra acordarle ex novo", dado que en el primer caso ya se hizo una "valoración de su procedencia" al acordarla.

De los cuatro condenados para los que la Fiscalía pedía el encarcelamiento inmediato, dos –Javier Guerrero y Antonio Fernández– ya estuvieron en prisión preventiva durante la fase de instrucción, en la etapa de Mercedes Alaya al frente del Juzgado de Instrucción 6 de Sevilla. En concreto, el ex director general de Trabajo y Seguridad Social estuvo privado de libertad durante siete meses en 2012 (del 16 de marzo al 22 de octubre) y durante dos y medio en 2013 (del 20 de marzo al 5 de junio), mientras el ex consejero de Empleo estuvo en la cárcel desde el 24 de abril hasta el 11 de agosto de 2012.

El tribunal recuerda que los encausados han comparecido cada vez que les han citado y dice que su situación laboral y familiar no hace presagiar la huida

Los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla también tumban el otro argumento esgrimido por el Ministerio Público para solicitar el encarcelamiento de los cuatro condenados: la existencia de otras causas pendientes por su responsabilidad en la concesión de ayudas de los ERE, que se sustancian en piezas separadas. Esa razón no se prevé en la Ley de Enjuicimiento Criminal (Lecrim) como causa para justificar la prisión preventiva, exponen.

"Además, resulta difícil a este tribunal poder valorar esas otras causas pendientes como riesgo de fuga, pues para ello tendríamos que tener en cuenta no sólo la mera existencia de dichas causas, sino los indicios racionales existentes en las mismas contra los encausados. Circunstancia ésta que no podemos valorar con la documentación aportada. Máxime cuando ésas otras podemos valorar con la documentación aportada. Máxime cuando ésas otras consta en esta causa, resoluciones de otra Sección de esta Audiencia Provincial, excluyendo de las piezas individuales a los acusados en la presente causa por aplicación del principio non bis in ídem", resuelve.

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La Sala valora el hecho de que los encausados hayan atendido los "llamamientos judiciales" cada vez que han sido citados y no existe ningún "dato adicional" del que pueda "deducirse la sospecha de que puedan eludir la acción de la justicia", destacando que ni Antonio Fernández ni Javier Guerrero han dejado de comparecer una sola vez desde que se acordó su libertad provisional. Tampoco abona la tesis de la posible huida la "situación familiar, laboral y económica de los acusados", añade.

El tribunal había pospuesto la decisión a este viernes tras acceder a la petición que había hecho la defensa de Antonio Fernández, que había solicitado que se le concediera un margen de tiempo para presentar documentación que refutarían los argumentos esgrimidos por el Ministerio Público para sustentar el encarcelamiento sin esperar a que se pronuncie el Alto Tribunal. Ese margen expiraba este viernes a las 11 y, después de las 13.45 horas, se ha dictado el auto.

La Sala cree suficiente para conjurar el riesgo de fuga la entrega del pasaporte, la prohibición de salir del país y que se presenten una vez al mes ante el tribunal

Según defendieron en la comparecencia, los fiscales Anticorrupción consideran que el riesgo de fuga se ha incrementado por la severidad de las penas impuestas, al tiempo que argumentan que la sentencia ha dado solidez a los indicios que motivó el inicio de la investigación. Son dos de los requisitos que prevé la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) en su artículo 503 para que pueda decretarse la prisión provisional.

Tanto Javier Guerrero como Juan Márquez fueron ya condenados el pasado 31 de mayo a más de cinco años de prisión en el conocido como caso Umax, en el que se juzgó la creación de una estructura de contratación paralela en la Consejería de Trabajo. La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla apreció que ambos cometieron delitos de prevaricación, malversación y falsedad en documento oficial.

Guerrero, procesado en otra pieza

El tribunal de la pieza política de los ERE rechaza el ingreso en prisión de Guerrero días después de que se conociera que el Juzgado de Instrucción 6 de Sevilla dictara auto de apertura oral contra el ex director general de Trabajo y Seguridad Social en la pieza en la que se investigan la suscripción de pólizas de prejubilaciones -pagadas por la Junta de Andalucía- a favor de conocidos.

En esta rama del caso, la Fiscalía Anticorrupción pide una condena para Javier Guerrero de siete años de prisión e inhabilitación absoluta por un periodo de 17 años y seis meses como autor de un delito continuado de prevaricación en concurso medial con otro de malversación.

En un comunicado, la defensa de Antonio Fernández -ejercida por el abogado Alfonso Martínez del Hoyo- se ha felicitado por que el tribunal se haya alejado de cualquier manifestación de populismo punitivo" y haya evitado que la Administración de Justicia "pueda quedar reducida a instancia burocrática represiva". "De haber prosperado la pretensión del Ministerio Fiscal, hoy habría sido un día triste para el Estado de Derecho", ha añadido.

El letrado ha defendido que "aún no está dicha la última palabra" en el caso ERE "aunque muchos estén reaccionando y posicionándose como si fuera así", al tiempo que ha calificado de "desacertada" la sentencia dictada por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla. Martínez del Hoyo ya trabaja en el recurso que interpondrá ante el Tribunal Supremo.

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