Después de la tormenta mediática generada por el nombramiento de Dolores Delgado como fiscal general del Estado (cuya idoneidad examinará este jueves el Consejo General del Poder Judicial en su pleno) llega la calma a la carrera fiscal. Quienes serán sus subordinados analizan el poder real que tendrían sus directrices en la causa del procés, limitado por la propia Ley Orgánica del Poder Judicial y por la "cohesión de los fiscales, sean de la tendencia que sean, en el asunto del independentismo catalán".

La elección de Delgado se vio en el mundo jurídico como un intento del presidente del Gobierno Pedro Sánchez para contentar a los independentistas de Esquerra Republicana de Cataluña (ERC) que permitieron sacar adelante su investidura.

Sin embargo, fuentes fiscales consultadas por El Independiente consideran que, en caso de que Delgado quisiera cambiar el rumbo de la Fiscalía en las causas judiciales abiertas contra el independentismo, lo tendría complicado. Principalmente, porque como fiscal general del Estado estaría obligada a abstenerse en los que se haya pronunciado como cargo público.

Dolores Delgado acaba de dejar la cartera de Justicia del Gobierno socialista. En una de sus últimas intervenciones como ministra, se alegró de que el Tribunal del procés acogiera la petición de la Abogacía del Estado (que ella dirigía) para condenar finalmente a los acusados por sedición en lugar de por rebelión como pedía la Fiscalía.

Las fuentes consultadas se remiten al artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial como límite de su poder. Según el punto 13 de ésta, deberán abstenerse del asunto quienes "han ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo", precisamente lo que ha ocurrido con Dolores Delgado en la causa del procés.

Dispuestos a plantar batalla

El Ministerio Fiscal tiene una estructura jerárquica y a partir de ahora Delgado será la máxima responsable. Sus compañeros de carrera críticos con el nombramiento son conscientes de las normas, también de la capacidad de Delgado para "hacer cambios en la secretaría técnica del Ministerio fiscal".

Sin embargo, recuerdan la "cohesión" de los fiscales en el asunto del independentismo catalán, "que traspasa la tendencia o filiación a una asociación u otra de sus miembros", afirman las citadas fuentes. Éstas también recuerdan que el posicionamiento de la Fiscalía de Cataluña respecto a las causas abiertas en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, así como sobre los permisos penitenciarios de los políticos, será muy difícil de cambiar. En este sentido, los representantes fiscales catalanes continúan dispuestos a recurrir las clasificaciones de los condenados que haga Instituciones Penitenciarias en Cataluña (dependiente de la Generalitat) como advirtió la fiscal general cesada María José Segarra.

Así, los fiscales que no han visto con buenos ojos el nombramiento de Delgado se muestran dispuestos a plantar batalla contra sus decisiones si no las consideran adecuadas. Podrán hacerlo, a pesar de la jerarquía del órgano, llevando cuestiones a la Junta de Fiscales de Sala.

Para ello, se remitirían al artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal que establece: "El Fiscal que recibiere una orden o instrucción que considere contraria a las leyes o que, por cualquier otro motivo estime improcedente, se lo hará saber así, mediante informe razonado, a su fiscal Jefe. De proceder la orden o instrucción de éste, si no considera satisfactorias las razones alegadas, planteará la cuestión a la Junta de Fiscalía y, una vez que ésta se manifieste, resolverá definitivamente reconsiderándola o ratificándola. De proceder de un superior, elevará informe a éste, el cual, de no admitir las razones alegadas, resolverá de igual manera oyendo plenamente a la Junta de Fiscalía. Si la orden fuere dada por el Fiscal General del Estado, éste resolverá oyendo a la Junta de Fiscales de Sala".