El estado de alarma decretado por el Gobierno tras la reunión extraordinaria del Consejo de Ministros este sábado contempla sanciones para quienes no cumplan las restricciones acordadas en éste y que afectan a todo el territorio nacional para luchar contra la pandemia del coronavirus.

Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Guardia Civil, Policía Nacional, Policías autonómicas y Policía Local) que quedan todas bajo el mando del Ministerio de Interior, podrán imponer sanciones con arreglo a las leyes, como establece el artículo 10 de la Ley Orgánica 4/1981 reguladora de los estados de alarma, excepción y sitio que van, entre otras, de los 600 euros por desobedecer a la Policía a los 600.000 euros por poner en peligro muy grave la Salud de la población.

Articulo 10 de la Ley Orgánica 4/1981 reguladora de los estados de alarma, excepción y sitio

"Quitar vallas o encintados"

Los ciudadanos podrán ser castigados con multas que van de los 100 a los 600 euros por "quitar vallas, encintados u otros elementos fijos o móviles colocados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para delimitar perímetros de seguridad" como sanción leve contemplada en la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana. Básicamente será esta ley y los artículos 550 a 556 del Código Penal los que regulen las sanciones que impondrán los agentes a los ciudadanos que incumplan el estado de alarma, según la orden del Ministerio del Interior hecha pública esta mañana, aunque hay otras normas con vigencia según la Ley Orgánica reguladora del estado de alarma.

"Negativa a identificarse o datos falsos"

Como sanción grave, con multas de 601 a 30.000 euros podrá ser castigada la "desobediencia o resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o a sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación", también de acuerdo con la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana.

"Omisiones que pongan en riesgo la Salud"

Según la Ley 33/2011 de Salud Pública se podrá castigar con multas que van de los 3.000 a los 60.000 euros las "conductas u omisiones que puedan producir un riesgo o un daño grave para la salud de la población, cuando ésta no sea constitutiva de infracción muy grave"

Éstas se incrementarán a entre 60.001 euros hasta los 600.000 si son "conductas u omisiones que produzcan un riesgo o un daño muy grave para la salud de la población" o si se da un "incumplimiento, de forma reiterada, de las instrucciones recibidas de la autoridad competente, o el incumplimiento de un requerimiento de esta, si este comporta daños graves para la salud".

"Miembros de los servicios de asistencia"

Los cuerpos policiales también podrán recurrir a la Ley 17/2015 de Protección Civil para sancionar. Según ésta, constituyen infracciones graves, con sanciones de los 1.500 a los 30.000 euros, "en las emergencias declaradas, el incumplimiento de las órdenes, prohibiciones, instrucciones o requerimientos efectuados por los titulares de los órganos competentes o los miembros de los servicios de intervención y asistencia, así como de los deberes de colaboración a los servicios de vigilancia y protección de las empresas públicas o privadas, cuando no suponga una especial peligrosidad o trascendencia para la seguridad de las personas o los bienes ". Según la misma ley, las infracciones muy graves serán castigadas con multas de los 30.000 a los 600.000.

Por último, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado también pueden recurrir al Código Penal para penalizar a quienes incumplan las normas, concretamente al artículo 556 de desobediencia grave a la autoridad. Según éste, "serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses, los que, sin estar comprendidos en el artículo 550, resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad".