La Fiscalía del Tribunal Supremo ya se ha manifestado sobre una de las demandas presentadas contra el Ministerio de Sanidad por los sanitarios que han trabajado durante la pandemia del coronavirus.

La Confederación Española de Sindicatos Médicos (CESM) presentó un recurso contencioso-administrativo ante el Supremo contra la "inactividad administrativa" del Gobierno para hacerse con material sanitario y repartirlo en los hospitales.

También denunció vulneración del derecho a la integridad física (artículo 15 de la Constitución Española) de los sanitarios por no disponer de los equipos de protección individual (EPIs) para desarrollar su trabajo con seguridad contra la Covid-19 debido a la falta de ese reparto.

Cauces administrativos

La Fiscalía del Tribunal Supremo, en un extenso escrito con fecha de este miércoles, considera que el alto tribunal debe admitir la demanda y entrar al fondo del asunto, aunque no ve una relación causa-efecto entre una presunta inacción del Gobierno y que los profesionales no recibieran su material de protección. Considera que los demandantes no argumentan bien "con los hechos que alegan" esa inacción a la que aluden y les recuerda que previamente deberían haber ido por los cauces administrativos. Es decir, que antes de acudir a los tribunales, deberían haber exigido a Sanidad que les dotara del material.

De ahí que el fiscal Pedro Crespo interese que se inadmita parcialmente la demanda "por lo que se refiere al recurso por inactividad administrativa basado en el artículo 29 LJCJA".

"Más allá del hecho notorio de que los profesionales sanitarios no han contado, sobre todo en los primeros momentos de la crisis, con todos los recursos que necesitaban para hacer frente a la situación sobrevenida por la epidemia del Covid-19, este Ministerio entiende que, a través del detallado análisis que se acaba de efectuar, no es posible hallar en este momento procesal acreditación bastante de que esa situación se deba, de manera objetiva, primordial y determinante, en acreditada relación de causa-efecto, a un concreto e identificable incumplimiento (o incumplimientos) por la Administración de su obligación de adoptar medidas dirigidas a garantizar la posibilidad de determinar la mejor distribución en el territorio de todos los medios técnicos y personales para combatir la epidemia de Covid-19, que establece el artículo 12.4 RD 463/2020", expone el fiscal de lo Contencioso Administrativo en su escrito.

Que se incorpore información

El Ministerio Público pide pruebas, como que se incorpore la documentación que acredite las gestiones que hizo la Administración (Ministerio de Sanidad) para cumplir con la obligación de dotar de material sanitario a los profesionales que el propio Gobierno recogió en el decreto del estado de alarma del 14 de marzo.

Ya el Tribunal Supremo accedió en parte a medidas cautelares solicitadas por la Confederación de Médicos y reclamó al Gobierno que diera material sanitario (en la medida de sus posibilidades) a los sanitarios.