Su decisión ocupó todas las portadas de los periódicos el pasado viernes: "Un juez anula la orden de la Comunidad de Madrid que prohibía fumar en la calle sin distancia de seguridad y cerrar los locales nocturnos desde las 01.00 a.m." No era para menos, porque lo que se dirimía en la resolución de Alfonso Villagómez Cebrián, magistrado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, era del interés de muchos ciudadanos.

Después, él mismo ha provocado un enredo con la publicación de un artículo comentando su auto o haciendo valoraciones públicas en las que afirma que su resolución "no anula nada". Tanto el Gobierno de Madrid como al central han reprochado sus pasos: consideran que se ha extralimitado en sus funciones y generado confusión.

¿Es fumar un derecho fundamental?

El Ejecutivo de Ayuso solicitó el día 20 de agosto al Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Madrid, al frente del que se encontraba el magistrado Alfonso Villagómez Cebrián, que ratificara su orden gubernamental en la que modificaba medidas contra el coronavirus adoptadas de manera coordinada con el Ministerio de Sanidad una vez finalizado el estado de alarma, para blindarse jurídicamente. La orden dictada por el Gobierno madrileño prohibía fumar en espacios abiertos si no se respetaba la distancia de seguridad de más de un metro y medio y ponía coto al ocio nocturno en los locales, ordenando su cierre a la una de la madrugada.

El juez rechazó ratificar la decisión. En un extenso y confuso auto, argumentó que la decisión del Gobierno madrileño hacía referencia a una medida acordada con Sanidad que el Ministerio no había publicado en el BOE y, por tanto, era "nula de pleno derecho". "No ha ganado eficacia y vigencia por no haberse publicado, con la consecuencia trascendental de ser nula de pleno derecho y que, además, no podría ser convalidada", se pudo leer en la resolución.

Pero este lunes, en unas declaraciones a la agencia EFE que sonaban contradictorias con su propia resolución, el magistrado afirmaba que su auto "no anuló nada" y la orden de Ayuso "sigue vigente". "La no ratificación no afecta a la validez de la Orden y a su ejecución, que es responsabilidad de la Comunidad, no de los jueces", respondió Villagómez a la agencia pública, y afirmó que en su auto se limitó a valorar si "afectaba a los derechos fundamentales de las personas ya que como juez de garantías, no puede controlar ni determinar la legalidad de esa disposición y tampoco puede anular nada".

Esto, después de que el Gobierno central le recriminara en un comunicado oficial el pasado viernes que únicamente requieren autorización judicial las decisiones restrinjan derechos fundamentales (fumar en la calle no lo es) y no corresponde a Sanidad publicar esas medidas en el BOE.

La Abogacía de la Comunidad de Madrid recurrió la decisión considerando que el juez se "extralimitó" en su resolución, "desbordando" el mero acto de ratificar o no las nuevas medidas con un pronunciamiento "contradictorio". En su auto, el juez llegaba a decir que "este juez es consciente de las dificultades ante las que nos encontramos, en las que han de conjugarse cuestiones sanitarias con económicas; la pandemia que venimos sufriendo en los últimos meses ha dejado al descubierto muchos problemas normativos y jurídicos que deberán resolverse de la manera adecuada por los órganos constitucionalmente competentes, respetando, obviamente, la legislación vigente y la jurisprudencia constante del Tribunal Constitucional".

Comenta sus autos en medios de comunicación

Contribuyendo más al enredo, el magistrado publicó el domingo un artículo de opinión en el digital especializado Confilegal, que fue retirado, en el que acusaba al Gobierno de Madrid de hacer un uso "torticero" de la Justicia.

"La Comunidad de Madrid pretendió que el juzgado ratificara una disposición sanitaria de carácter general (...). No existe en nuestro derecho tal instituto de ratificación de una norma administrativa", escribió, a pesar de que la Ley Orgánica del Poder Judicial (art. 267) establece que los jueces "no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material del que adolezcan", pero por medio de un nuevo auto aclaratorio.

Villagómez (Orense, 1961), es un habitual de los medios de comunicación nacionales y regionales gallegos, donde escribe artículos de opinión sobre temas jurídicos de manera habitual. Sus primeros destinos como juez estuvieron en Juzgados de Primera Instancia de Jaca y San Lorenzo de El Escorial (Madrid). Promocionó a magistrado en 1996 pasando a un Juzgado de Primera Instancia de Bilbao y después ha desempeñado su labor en juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, Guadalajara y en el Tribunal Superior de Justicia de Galicia. Tambioén fue asesor del Defensor del Pueblo (1994-1995) y del Gabinete del ministro de Justicia socialista, Juan Fernando López-Aguilar, así como también Letrado del Tribunal Constitucional (1998-2001).