El marco legislativo regula de manera muy concreta las circunstancias de intervención de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en un control de tráfico. Aunque la Guardia Civil tiene potestad para registrar la mayoría de vehículos, existen excepciones que son desconocidas de manera generalizada por los ciudadanos, ya que ciertos vehículos, debido a la norma que les da sustento legal, gozan de una protección especial y no son susceptibles de ser registrados sin la autorización judicial correspondiente o sin el consentimiento del dueño del vehículo.
Los vehículos protegidos por la ley
La normativa que impide su registro
La Ley Orgánica 4/2015 decreta que tanto la Guardia Civil como la Policía Nacional podrán realizar controles de tráfico, a fin de conseguir la seguridad ciudadana. Por su parte, el Tribunal Supremo afirmó que determinados vehículos como autocaravanas, roulottes, campers, no pueden ser registrados, sino no es mediante una orden judicial, pues constituyen una extensión del hogar y, por tanto, se encuentran amparados, como tal, por la inviolabilidad domiciliaria que establece, precisamente, el artículo 18 de la Constitución Española.
Excepciones a la protección
Si bien la ley protege estos vehículos de registros arbitrarios, hay ocasiones en las que los agentes pueden actuar sin la obtención de una orden judicial. Cuando haya sospechas fundadas de que, en su interior, se está cometiendo un delito grave, es facultad de la Guardia Civil proceder a su registro. Y eso no es todo, también puede ir más allá: pueden retener el vehículo mientras se hace la gestión para conseguir la orden.
Cómo debe actuar un conductor en un control de tráfico
Obligaciones del conductor
Cuando un conductor se detiene en un control de tráfico, debe seguir unas normas básicas para poder garantizar una interacción fluida con los agentes: apagar el motor, si es de noche, deberá encender la luz del interior del vehículo, bajar la ventanilla y mantener ambas manos a la vista al ser atendido por el agente de la autoridad que detiene el vehículo y a su vez irá ofreciendo la documentación que las partes necesitan (carnet de conducir, el documento que justifique el permiso de circulación y la tarjeta de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), entre otros).
Derechos del conductor
Si bien existe la obligación de cooperar con los miembros de las Fuerzas del Orden, los conductores tienen derechos que deben manejar perfectamente bien. En el caso de conducir una caravana o furgoneta equipado, se tiene derecho a no permitir a los agentes el acceso al interior salvo que existan una orden de un órgano judicial o concurran otras circunstancias constitutivas de flagrante delito. Conocer bien las normas en este asunto permite prevenir abusos o malentendidos indeseados ante un control rutinario.
Implicaciones legales de los registros vehiculares
Protección constitucional de ciertos vehículos
El Artículo 18 de la Constitución española dispone que el domicilio es inviolable, norma extensible a los vehículos habitables. Esta inviolabilidad impide los registros indiscriminados y protege la intimidad de los ciudadanos. Las autocaravanas vendrían a ser una excepción en la aplicación de la normativa general de seguridad ciudadana.
Consecuencias de negarse a un registro
Negarse a un registro no autorizado no implica ninguna infracción, pero si los individuos realizaran una actividad sospechosa, podrían inmovilizar el vehículo y solicitar una orden judicial.
Por lo tanto, es importante conocer la ley sobre controles de tráfico y los derechos del conductor es básico para poder cumplir con la ley sin renunciar a la protección que pueden ofrecer determinados tipos de vehículos. La Guardia Civil cumple un papel importante en la seguridad vial, pero siempre dentro de lo que impone la ley.
Te puede interesar
Lo más visto
Comentarios
Normas ›Para comentar necesitas registrarte a El Independiente. El registro es gratuito y te permitirá comentar en los artículos de El Independiente y recibir por email el boletin diario con las noticias más detacadas.
Regístrate para comentar Ya me he registrado