Sociedad

Ya es oficial: los lugares donde no podrás volver a fumar según la nueva ley antitabaco

Persona fumando
Persona fumando | Europa Press

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes en segunda vuelta el anteproyecto de ley que reforma la normativa antitabaco de 2005. Esta medida inicia su tramitación parlamentaria en el Congreso con el objetivo de adaptar la legislación a los nuevos productos del mercado, reforzar la protección de la infancia y la adolescencia, y cerrar las lagunas legales existentes.

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Tras la reunión, la ministra de Sanidad, Mónica García, ha destacado que el tabaquismo causa 50.000 muertes al año en España, por lo que esta norma busca elevar la protección de la salud pública y avanzar hacia una generación "libre de tabaco".

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Equiparación de los nuevos productos al tabaco tradicional

La futura ley antitabaco adaptará la normativa a los cambios en las pautas de consumo, igualando la regulación del cigarrillo convencional a la de todos los nuevos dispositivos y derivados. Esto incluye:

  • Cigarrillos electrónicos y vapeadores.
  • Bolsitas de nicotina.
  • Productos a base de hierbas para 'shishas'.
  • Cualquier dispositivo que simule o se asocie al acto de fumar.

En cuanto a la comercialización, la venta y suministro de estos nuevos productos quedará restringida exclusivamente a tiendas especializadas, las cuales deberán cumplir los requisitos que determine una posterior orden ministerial.

Nuevos espacios donde estará prohibido fumar y vapear

Una vez que la reforma sea aprobada definitivamente, quedará prohibido el consumo tanto de tabaco como de vapeadores en una amplia lista de lugares:

  • Hostelería y ocio: Terrazas de bares y restaurantes, así como recintos para espectáculos públicos (teatros, cines, conciertos...), incluso si son al aire libre. La ministra ha defendido esta medida antitabaco señalando que "cualquiera que se quiera tomar un café o disfrutar de su ocio libremente en una terraza debería poder hacerlo sin que el humo de las mesas de alrededor forme parte del menú".
  • Entornos naturales y deportivos: Playas marítimas y fluviales, piscinas de uso colectivo, instalaciones deportivas y parques nacionales.
  • Transporte y trabajo: Vehículos de trabajo (salvo cuando se usen de forma estrictamente personal) y espacios de transporte urbano como andenes, pasillos y marquesinas.
  • Áreas educativas y perímetros de seguridad: Campus universitarios y en un radio de menos de 15 metros alrededor de los accesos a edificios públicos, centros sanitarios, sociales, educativos, culturales, deportivos, museos, bibliotecas y parques infantiles.

Las instalaciones dispondrán de dos meses de plazo para adaptar su señalización a las nuevas prohibiciones antitabaco.

Prohibición explícita a menores y sanciones para padres

Ante el aumento del consumo de tabaco entre los jóvenes de 14 a 18 años (que pasó del 14,9 % en 2019 al 27,1% en 2025) la ley prohíbe de forma explícita el consumo en menores de 18 años, no solo su venta o entrega.

  • Las infracciones leves cometidas por menores conllevarán multas a partir de 200 euros, de las que responderán sus progenitores.
  • Desde el Ministerio de Sanidad señalan que estas sanciones podrán sustituirse por trabajos en beneficio de la comunidad.

Cambios respecto al texto de septiembre de 2025

Con respecto al borrador inicial aprobado en septiembre de 2025, la versión actual deja fuera, de momento:

  1. La prohibición de los vapeadores desechables de un solo uso (se prevé incorporar más adelante durante la fase de tramitación).
  2. El empaquetado genérico.

Veto total a la publicidad y presencia en medios

La reforma amplía y endurece las limitaciones de patrocinio, promoción y publicidad del tabaco y sus productos derivados en todos los formatos. Aquí se incluyen internet y máquinas expendedoras.

  • Se prohíbe la exhibición de carteles visibles desde el exterior de estancos y tiendas especializadas.
  • En medios de comunicación y contenidos audiovisuales, no podrán emitirse programas, vídeos o imágenes donde presentadores, colaboradores o invitados salgan fumando, consumiendo o exhibiendo estos productos.

Infracciones y regreso del Observatorio

  • Sanciones: Se actualiza el régimen sancionador para adaptarlo a la nueva realidad, fijando multas que van desde los 200 euros para las faltas más leves hasta los 600.000 euros para las infracciones más graves.
  • Gobernanza: La ley recupera el Observatorio para la Prevención del Tabaquismo (suprimido en 2014) como órgano coordinador. El fin es evaluar las políticas públicas y fijar metas de reducción del consumo de tabaco y sus derivados.

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