La falta de regulación sobre las mascarillas higiénicas, entre las que se incluyen las de tela, está generando que se comercialicen en el mercado cobertores que no cumplen con los requisitos. Como consecuencia, algunos centros sanitarios han prohibido las mascarillas de tela en sus instalaciones.
En este contexto, el Ministerio de Consumo acaba de lanzar a consulta pública una orden para ampliar los requisitos de etiquetado, publicidad y control de estos productos, también llamados "cobertores faciales comunitarios".
Tal y como ha advertido recientemente la Comisión Europea, la
regulación actual hace que, en determinadas ocasiones, las indicaciones, sugerencias, formas de presentación o referencias a
equivalencias estén dando lugar a malentendidos sobre el tipo de
mascarilla que se está adquiriendo. Por ello, Consumo apuesta por un texto normativo que defina el concepto de "mascarilla higiénica" o "cobertor facial comunitario", como primer paso para endurecer la regulación de este producto.
Con ello, el Gobierno va a reforzar los requisitos de etiquetado de estos productos, incidiendo sobre la veracidad de las características que indiquen información sobre lavados y pérdida de eficacia.
Asimismo, se prohibirá la utilización de inscripciones, signos, anagramas, dibujos o indicaciones que puedan dar lugar a engaño sobre el tipo de mascarilla que el consumidor está adquiriendo.
Por último, Consumo regulará la utilización e información del comercio de los filtros que son utilizados a modo de consumibles y que son intercambiables. Estos pueden comercializarse separadamente de las mascarillas higiénicas, aspecto que actualmente tampoco tiene una normativa específica.
La falta de cumplimiento de esta normativa será sancionada de acuerdo con la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre (LGDCU), Consumo va a establecer como infracción el incumplimiento de las normas relativas a etiquetado, envasado y publicidad de las mascarillas higiénicas.
Las autoridades de consumo de las Comunidades Autónomas, de
acuerdo con su normativa autonómica, podrán iniciar expedientes
sancionadores contra las compañías que comercialicen este tipo de
mascarillas sin respetar las normas de etiquetado y retirar de la
circulación los productos.
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