El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD), ha emitido su resolución tras la denuncia que presentó el Consejo Superior de Deportes (CSD) contra Luis Rubiales. Finalmente el TAD ha abierto un expediente al ya suspendido por la FIFA presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) por causa «grave» en lugar de «muy grave», por lo que será inhabilitado por un periodo de un mes a 2 años.
Esto significa que la Comisión Directiva del CSD no puede decretar la suspensión provisional del presidente de la RFEF. Si podría haberlo hecho de haber expedientado a Luis Rubiales por causa «muy grave», lo que hubiera conllevado una inhabilitación de 2 a 15 años.
¿Por qué ha sido expedientado Rubiales por causa «grave»
El Consejo Superior de Deportes denunció el pasado viernes ante el TAD a Rubiales por un abuso de autoridad y por atentar contra el decoro deportivo. Así es como el CSD se refirió al beso no consentido a Jenni Hermoso y al gesto de llevarse la mano a los genitales en el palco durante la final del Mundial. El artículo 76.1.a de la Ley del Deporte hace referencia a los abusos de autoridad y el artículo 14.h del Real Decreto 1591/1992 a los actos notorios y públicos que atenten a la dignidad o decoro deportivos. Atendiendo a ambas infracciones, consideradas «muy graves» por la nueva Ley del Deporte, el CSD elevó al TAD una petición contra Luis Rubiales sobre la que ahora se ha pronunciado calificándolas, simplemente, de «graves».
Y es que, según había advertido Manu Carreño en la SER, iba a ser juzgado en base a una ley de 1990. «Podemos estar ante un caso en agosto de 2023 que sea juzgado por la Ley del Deporte de 1990 porque el Régimen Sancionador de la nueva Ley del Deporte todavía no ha entrado en vigor. Entonces, a la hora de hablar de las sanciones, se aplica la antigua Ley, no la nueva. Es decir, un hecho en la sociedad española de 2023 puede acabar siendo juzgado por una Ley de 1990. Ni la Ley del 90 es la del 23 ni, sobre todo, la España del 90 es la España del 23. Y al final puede que un hecho cometido en la sociedad actual, en 2023 puede acabar siendo juzgado por una Ley redactada en 1990», señaló el periodista.
Por su parte, Jesús Avezuela, miembro del TAD entre los años 2017 y abril de 2023, manifestó: «Hay una Ley del Deporte del año 2022, la que está vigente, pero tiene una disposición transitoria que establece que las cuestiones relativas a los expedientes sancionadores está en vigor la Ley del 90. Esta Ley sobre todo lo relativo al decoro deportivo dice que es una infracción grave, no muy grave».
La FIFA podría haber sido más dura con Rubiales que el TAD
Si bien tras la resolución del TAD Luis Rubiales podría ser inhabilitado por tan sólo un mes, la FIFA, el máximo organismo del fútbol mundial, le suspendió el pasado 26 de agosto de todas sus actividades tras su beso no consentido a Jenni Hermoso. «El presidente de la Comisión Disciplinaria de la FIFA, Jorge Ivan Palacio (Colombia), en uso de las facultades otorgadas por el artículo 51 del Código Disciplinario de la FIFA (CDF), ha acordado en el día de hoy la suspensión provisional del Sr. Luis Rubiales de toda actividad relacionada con el fútbol a nivel nacional e internacional. Esta suspensión, que será efectiva desde el día de hoy, se extiende por un periodo inicial de noventa días, y en tanto en cuanto se tramita el procedimiento disciplinario abierto por esta Comisión Disciplinaria contra el Sr. Luis Rubiales el pasado jueves 24 de agosto», notificó la Federación Internacional de Fútbol.
«Asimismo, el presidente de la Comisión Disciplinaria de la FIFA al objeto de preservar, entre otros factores, los derechos fundamentales de la jugadora de la selección nacional de fútbol Sra. Jennifer Hermoso y el buen orden del procedimiento disciplinario que se encuentre en tramitación ante este órgano disciplinario, ha dictado dos directivas adicionales (artículo 7 CDF) mediante las cuales ordena al Sr. Luis Rubiales que se abstenga, mediante el mismo o terceros, de contactar o intentar contactar con la jugadora profesional de la selección nacional española Sra. Jennifer Hermoso o a su entorno cercano», añadió la FIFA ofreciendo su protección a Jenni Hermoso.
«Igualmente se ordena a la RFEF y a sus oficiales o empleados, de manera directa o a través de terceros, abstenerse de contactar a la jugadora profesional de la selección nacional española Sra. Jennifer Hermoso o a su entorno cercano», señaló para concluir.
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hace 1 año
Por falta grave por falta de decoro.