El Tribunal de lo Contencioso Administrativo número 2 de A Coruña ha reconocido por primera vez el derecho de un funcionario interino a recibir una indemnización similar a la de un trabajador indefinido tras su cese. Además, defiende que esta compensación debe ser de 20 días por año, como la de los trabajadores indefinidos.

La sentencia se apoya en la decisión del Tribunal Superior de la UE (TSJUE) del pasado 14 de septiembre que desató la tormenta sobre la necesaria indemnización de estos empleados tras su cese y su equiparación con los fijos.

Hasta la fecha se habían producido pronunciamientos en la misma dirección, pero para el caso de empleados laborales, no funcionarios, en la Administración.

Fuentes de CSI-F indican que esta nueva sentencia anima a que los alrededor de 250.000 funcionarios en esta situación interpongan reclamaciones. Es el caso, por ejemplo, de miles de maestros que han tenido que dejar su puesto al término del curso y que en buena parte volverán a ser contratados tras el verano puedan reclamar también una compensación.

La sentencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo viene a contradecir una resolución previa del Conselleiro de Cultura, Educación y Orientación Universitaria de la provincia, en la que se desestimaba la demanda de un funcionario, que reclamaba 20 días por año trabajado tras su cese. El periodo trabajado había sido desde el 13 de octubre al 14 de septiembre de 2016.

Pero llegó la sentencia del TSJUE

Sin embargo,  ese mismo 14 de septiembre, TJUE sacó los colores a España. En una sentencia, el tribunal consideraba que la ex trabajadora interina Ana de Diego Porras, empleada en el Ministerio de Defensa, desempeñó durante años funciones comparables a las de un indefinido y, por tanto, debería tener la misma indemnización por despido objetivo, en lugar de irse sin ningún tipo de compensación.

Tres semanas después, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ratificó la sentencia del TJUE. De esta forma se abría la puerta a que el casi medio millón de interinos que hay en España pudieran cobrar esta compensación. Más aún, el Tribunal Superior del País Vasco falló ya en marzo de este año a favor de una trabajadora temporal que reclamó ser indemnizada con 20 días y no con los 12 días que le pagó la empresa al despedirla.

Entre tanto, el Ministerio de Empleo tuvo que convocar una comisión de expertos que hiciera una lectura de la decisión del TSJUE, a la espera de cómo la interpretaran los tribunales, aunque no reinó el consenso en su seno. En todo caso, hubo acuerdo sobre la necesidad de que se indemnizara a los interinos cesados con al menos 12 días de sueldo por año. La sentencia del tribunal de A Coruña lo amplía a 20 días, como los indefinidos.

El Gobierno, azuzado por los sindicatos y a la vista de las sentencias descritas, ha puesto en marcha un proceso extraordinario para estabilizar las plantillas públicas, en las que se concentran los interinos, especialmente en el la sanidad y la educación. En total, se prevén 237.000 beneficiarios de esta medida.