El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha avalado que no es discriminatorio que el permiso de paternidad tenga una duración de tiempo inferior al de maternidad.

En una sentencia, el Constitucional desestima el recurso de amparo presentado por un padre de familia y la asociación Plataforma por permisos iguales e intransferibles de nacimiento y adopción contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

Este tribunal de Madrid denegó que el permiso de paternidad fuera equiparable al de maternidad, esto es, con una duración de 16 semanas.