Con el adelanto de las elecciones generales al 23 de julio, decayeron varios proyectos de ley que se encontraban en estado de aprobación o tramitación. Uno de ellos es el borrador de la Ley de familias diseñado por Derechos Sociales. 

Este proyecto de ley pretendía aplicar medidas más ambiciosas. Asimismo incluía la ampliación de los permisos de maternidad y paternidad a seis meses así como la equiparación de las familias monoparentales a las numerosas. Unos cambios que decayeron en esta nueva convocatoria electoral. 

Sin embargo, este martes se aprobaron varias medidas por parte del Consejo de Ministros que buscan una conciliación de la vida familiar y la vida profesional. Incluyen desde el nuevo permiso parental hasta días remunerado de cuidado en casos concretos. Entonces, ¿qué medidas se han aprobado y cuándo entran en vigor?

¿Cuándo entra en vigor el permiso parental de 8 semanas?

Asimismo, el nuevo texto aprobado propone un nuevo permiso parental para el cuidado de hijo o menor acogido por tiempo superior a un año. De esta manera, esta medida cuenta con una duración no superior a 8 semanas y se puede aplicar hasta que el menor cumpla 8 años.

El nuevo permiso parental además de otras medidas aprobadas por el Gobierno entrarán en vigor de manera inmediata después de su publicación este miércoles 28 de junio en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Además, se podrá emplear de modo continuo o discontinuo por lo que se podrá aplicar de manera flexible. Sin embargo, tiene un carácter intransferible. El Gobierno tiene como objetivo prorrogar determinadas medidas como respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania

El nuevo texto aprobado también contempla la ampliación del derecho a la adaptación de la jornada de las personas con dependientes a cargo. Los solicitantes deberán acreditar deberes de cuidado respecto de los hijos mayores de 12 años, el cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta el segundo grado del trabajador.

Otros permisos para ausentarse del puesto de trabajo con derecho a remuneración 

Asimismo, este derecho también incluye a otras personas dependientes siempre y cuando, estas últimas convivan en el mismo domicilio que los solicitantes, y se demuestra que no puedan valerse por sí mismas.

Según publica el Ministerio de Trabajo y Economía Social, estas nuevas medidas aprobadas contemplan los siguientes permisos para ausentarse del puesto de trabajo con derecho a remuneración

  • 5 días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario. Lo podrán solicitar aquellas personas que convivan con aquellos que requieran el cuidado en el mismo domicilio. También incluye a las parejas de hecho en el ámbito del permiso, así como a familiares consanguíneos de la pareja de hecho.
  • 4 días por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes e imprevisibles. En caso de enfermedad o accidente se debe demostrar la necesidad de su presencia inmediata. En el caso de permiso por fallecimiento del cónyuge (2 días), se incluyen también las parejas de hecho.
  • Reducción de jornada. Este permiso llega a personas responsables del cuidado directo de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad del cónyuge o pareja de hecho. También contempla al familiar consanguíneo de la pareja de hecho, siempre que no existieran otros familiares por consanguinidad directa hasta el segundo grado.

Además, se amplía el derecho a la reducción de jornada para el cuidado de hijos o personas a cargo con discapacidad que sean menores de 26 años y que tengan cáncer u otra enfermedad grave.

En el caso de la discapacidad, tiene que superar el 65%, siempre y cuando esta condición se acredite antes de cumplir los 23 años. Este nuevo texto también contempla conceder 15 días naturales renumerados en los supuestos de registro de pareja de hecho.

El texto también especifica que un trato desfavorable dispensado a mujeres u hombres por el ejercicio de sus derechos de conciliación o corresponsabilidad de la vida familiar y laboral, se considerará discriminación por razón de sexo.

De esta manera, las personas que cumplan con estos requisitos marcados, podrán solicitar desde ya su derecho a remuneración en caso de necesitar ausentarse de su puesto de trabajo por motivos de conciliación familiar