El Gobierno acelera sus planes para poner coto a los alquileres temporales y turísticos con los que los caseros intentan eludir la ley. Y para ello dará un papel clave a los Registradores de la Propiedad. Los caseros que quieran anunciar sus viviendas en plataformas como Idealista, Airbnb o Booking para alquiler de corta estancia -turístico, temporal o por habitaciones- deberán solicitarles un número de identificación.
Las páginas web estarán obligadas a comprobar la validez de ese número de registro y chequearlo con la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos que gestionará el Ministerio que dirige Isabel Rodríguez. Una vez comprobada su validez, procederán a publicar el anuncio y deberán ponerlo en un lugar visible para los arrendatarios. Si los anunciantes no aportan el número de registro, las plataformas tendrán que rechazar la solicitud de oferta.
En la modalidad de vivienda turística, por ejemplo, será necesario para obtener el código que la vivienda cumpla con las respectivas normas autonómicas y municipales. En Madrid hay cerca de 14.000 viviendas turísticas ilegales por no cumplir con la Ordenanza que obliga a que tengan un acceso independiente a la calle. "Si alguien quiere comercializar un piso que no cumpla esa norma, el Registrador lo comprobará y le denegará el número de registro", explican desde Vivienda.
Como también puede consultar los estatutos de la comunidad de vecinos, los registradores deberán comprobar que los propietarios del inmueble donde está la vivienda no hayan vetado los pisos turísticos en su bloque. "Si es así, también se lo denegará y no podrán anunciarlo en las plataformas", añaden.
El papel de los Registradores
El propietario de una vivienda que quiera anunciarla como alquiler temporal o turístico deberá presentar una solicitud electrónica ante el Registro de la Propiedad. Este le entregará un código provisional. Durante un plazo de dos semanas, el organismo realizará las respectivas comprobaciones. Transcurrido ese tiempo, el número otorgado podrá ser firme o se dará un plazo de siete días más al propietario para subsanar los posibles errores.
El código tendrá una validez de 12 meses y deberá ser renovado anualmente. En el caso de los de temporada, los propietarios deberán presentar ante el Registro todos los contratos realizados durante el año anterior en la vivienda en cuestión y la motivación para que estos sean temporales. Se trata de aquella modalidad en la que el alquiler se realiza para cubrir la necesidad de vivienda por un tiempo concreto como la realización de estudios o un tratamiento médico fuera de la localidad de residencia.
Sin embargo, el Gobierno cree que este formato se está usando para eludir las garantías que ofrece la ley a los inquilinos de larga estancia en términos de prórrogas y límites a la subida del precio. Si el Registro comprueba que el casero encadena contratos con el mismo inquilino durante meses, se le denegará la renovación del código y no podrá seguir anunciándolo en esa modalidad de alquiler.
Además, el Registrador se lo comunicará a la Ventanilla Única del Ministerio para que dicte una resolución administrativa que obligue a las plataformas a retirar los anuncios y prohibir que se comercialice ese inmueble. Desde el Ministerio no aclaran qué procedimiento sancionador se seguirá en caso de que éstas no ejecuten dicha resolución.
Primera fase voluntaria
El Reglamento europeo sobre la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración establece la obligatoriedad de tener el registro implementado en mayo de 2026. Pero en un entorno de creciente presión tanto política como social con el problema de la vivienda, el Gobierno quiere acelerar los planes.
Eso sí, antes de que entre en vigor de forma obligatoria, el Ejecutivo dará margen para que el sistema eche a rodar. Habrá una primera fase voluntaria en la que el complejo engranaje tecnológico tendrá que probarse antes de ponerse en marcha de forma definitiva. "Hay propietarios que pueden tener ya formalizados sus contratos de semana santa del año que viene y no queremos ningún perjuicio. Van a tener tiempo y asesoramiento", explican desde Vivienda.
De momento, el Ministerio ha lanzado a audiencia pública el Proyecto de Real Decreto. De esta forma, logrará recabar las aportaciones de los colectivos afectados, pero se evitará tener que enfrentarse al trámite parlamentario con el que la regulación podría quedar bloqueada durante meses en el Congreso y el Senado. Eso sí, el real decreto deberá ser convalidado durante el mes siguiente a ser aprobado por el Consejo de Ministros.
"Va a ser un instrumento que va a facilitar la tarea de inspección y control por parte de las entidades locales y regionales", dicen fuentes del departamento, que descartan que se pueda producir el efecto inverso al pretendido. Es decir, que los propietarios de viviendas de alquiler temporal opten por retirar sus activos del mercado por la inseguridad que perciben en el alquiler residencial tradicional. Algo que reduciría la oferta y empujaría los precios al alza.
El proyecto deja fuera los contratos que pudieran hacerse en base a anuncios físicos de las inmobiliarias; es decir, sólo con un cartel en el escaparate y sin réplica en la web. Pero en el Ministerio aseguran que su impacto es mínimo, pues "casi todo el alquiler turístico y de temporada está en plataformas".
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