Parece que los días de lluvias quedan atrás y el calor se asienta en muchas de las ciudades de España. Sin embargo, el verano no solo es la época que los españoles aprovechan para irse de vacaciones, sino también cuando tienen que cumplimentar su resultado de ganancias y pérdidas del ejercicio económico correspondiente al año 2022. 

La declaración de la renta o del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es un trámite anual de carácter obligatorio para los residentes en España. Su objetivo es regularizar su situación con la Agencia Tributaria e incluye los rendimientos del trabajo, las ganancias y pérdidas patrimoniales. 

A pesar de su carácter obligatorio, no todos los españoles deben realizar este trámite. Como regla general, están obligados a presentar la declaración todos los ciudadanos con rentas exclusivamente procedentes del trabajo que superen los 22.000 euros anuales. Aunque en el caso de dos o más pagadores, este límite se baja hasta los 14.000 euros

Asimismo, se acerca la fecha hasta cuándo los españoles pueden presentar la declaración de la renta de 2022. Según la Agencia Tributaria, el plazo máximo termina el próximo viernes 30 de junio. Por este motivo, muchos se preguntarán, ¿qué pasa si no presentas la declaración de la renta?

¿Qué pasa si no presentas la declaración de la renta a tiempo?

Los españoles a los que se les pasa el plazo límite para presentar la declaración de la renta se enfrentan a diferentes consecuencias. El artículo 191 de la Ley General Tributaria contempla varios escenarios dependiendo de quién se ha dado cuenta del error y si el resultado de la declaración fuera negativo o positivo. 

Sin embargo, el resultado de la renta puede variar en función de cada año. Además, no es la misma para los trabajadores autónomos que para aquellos con contrato. De esta manera, la única manera que los españoles puedan saber si la Hacienda les debe el dinero o viceversa es presentando la declaración de la renta. 

No presentar la declaración con un resultado negativo

A todos los ciudadanos cuyo resultado de la declaración de la renta salga negativo, la Agencia Tributaria tiene que devolver ese dinero. Como regla general, la Hacienda suele tardar un mes en pagar el importe de las rentas negativas. Aunque de manera oficial, lo debe hacer dentro de los 6 meses tras el fin de la campaña.  

De esta manera, el hecho de no presentar la declaración con una renta negativa o con resultado en cero, contempla varias multas. Según la Agencia Tributaria, supone una sanción de 100 euros si es el propio ciudadano el que informa del error.

Asimismo, la multa sube hasta los 200 euros en aquellos caso que el error fuese detectado por la propia Agencia. Sin embargo, en ambos casos la Hacienda deberá abonar la cantidad a devolver correspondiente tras restar la sanción.

No presentar la declaración con un resultado positivo

Sin embargo, las cosas se complican si se trata de una renta positiva. En estos casos, es el contribuyente el que tiene que pagar a la Agencia Tributaria y lo puede hacer de una vez o en dos pagos fraccionados. Asimismo, la sanción al no presentar la declaración de la renta en estos casos aumenta. 

De esa manera, si el propio ciudadano informa del error, deberá abonar la cantidad correspondiente con el siguiente recargo de intereses por demora:

  • Hasta 3 meses: recargo del 5% sin intereses
  • Hasta 6 meses: recargo del 10% sin intereses
  • Hasta 12 meses: recargo del 15% sin intereses
  • Más de 12 meses: recargo del 20% más intereses de demora (5%)

Según la ley tributaria, se contempla una multa pecuniaria proporcional del 50% en los escenarios donde la Hacienda se de cuenta del error. “La infracción tributaria será leve cuando la base de la sanción sea inferior o igual a 3.000 euros o, siendo superior, no exista ocultación”, especifica el artículo 191. 

De esta manera, con el fin de evitar cualquier tipo de sanción, los ciudadanos que aún no hayan presentado su declaración de la renta, deberán hacerlo antes del próximo 30 de junio. Los interesados podrán hacerlo por teléfono, de manera telemática con el certificado digital o a través de una cita presencial en la oficina de la Agencia Tributaria.