A veces resulta complicado tratar de deducir los gastos que acarrea la actividad que realiza un autónomo. La Agencia Tributaria determina una serie de requisitos que se deben cumplir para llevar a cabo tal aplicación. Por regla general serían:

  • que el gasto esté vinculado a la actividad económica,
  • que esté imputado temporalmente al ejercicio que corresponda,
  • que se trate de un gasto debidamente justificado,
  • y que esté anotado en la contabilidad o libros de registro.

Además, a la hora de tratar de realizar una deducción en el IRPF, Hacienda añade que el gasto debe ser exclusivo de la actividad económica. Por ello, resulta complicado añadir gastos como el del teléfono, en el que la Administración puede considerar que se utiliza también para fines personales.

Posibles casos para deducir el teléfono y valoración de Hacienda

Para aquellos profesionales por cuenta propia que dispongan de un local u oficina es sencillo. Con la comunicación a Hacienda (mediante la declaración censal 037) ya se entenderá que los gastos correspondientes al negocio serán deducibles, incluyendo el teléfono. Pero, ¿qué sucede con los que tienen la oficina en su casa o quieren deducir el teléfono móvil?

En el primer caso, sólo se podrá añadir como deducible este gasto en el supuesto en que el autónomo comunique a la Administración los metros de vivienda que utiliza para su actividad, a través de la declaración censal. A partir de ahí, en cualquier gasto (incluido el teléfono fijo o Internet) se podrá aplicar el 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados destinados a la actividad respecto al total de la vivienda.

Por último, para poder deducir el gasto del teléfono móvil será necesario disponer de una línea exclusiva para el desarrollo de la actividad. En este caso el problema es que, por norma general, la segunda línea va asociada a la primera y, por tanto, en la factura aparece de forma conjunta. Para poder, por tanto, obtener la deducción, será necesario solicitar a la compañía telefónica el desglose del gasto por líneas y servicios para presentar a Hacienda la parte correspondiente.