España

La Fiscalía pide inadmitir las querellas contra Ábalos por el 'caso Delcy'

El Ministerio Público sostiene que los querellantes (Vox y Partido Laócrata) no concretan indicios de la supuesta prevaricación atribuida al ministro por permitir a la vicepresidenta venezolana entrar en espacio aéreo europeo cuando lo tenía prohibido

El ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de España, José Luis Ábalos, en una comparecencia en el Senado. EP

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha informado a la Sala Segunda del Tribunal Supremo en contra de admitir las querellas presentadas por Vox y Partido Laócrata contra el ministro de Transportes, José Luis Ábalos, por permitir la entrada en el espacio aéreo de la vicepresidenta de Venezuela, Delcy Rodríguez, a pesar de que lo tenía prohibido por la vulneración de derechos humanos.

El Ministerio Público dice a la Sala de lo Penal del alto tribunal, ante la que está aforado el ministro socialista, que no hay "indicios suficientes de que los hechos sean constitutivos de delito de prevaricación" ni de la participación del titular de Transportes en los hechos. Ábalos fue moldeando su versión hasta que reconoció que se vio con la dirigente venezolana en la sala VIP del aeropuerto madrileño de Barajas.

Las querellas atribuían a Ábalos haber prestado autorización para que Delcy Rodríguez atravesara el espacio aéreo español y aterrizara en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Bajaras, a pesar de tener prohibida su estancia y tránsito por el espacio europeo.

En su artículo 20, la disposición aprobada por el Consejo de la Unión Europea el 13 de noviembre de 2017 establece que las restricciones de movimiento a los altos cargos y funcionarios chavistas -entre ellos la vicepresidenta de Nicolás Maduro- en los 26 países que integran el espacio Schengen incluyen "el espacio aéreo", sobrevolado por el Falcon que trasladó a la delegación venezolana desde Caracas el pasado 20 de enero.

El Ministerio Público dice que las querellas de Vox y el Partido Laócrata no concretan indicios de la prevaricación atribuida al ministro

En su informe presentado ante el Supremo, cuyo contenido ha adelantado Vozpopuli, el Ministerio Público considera que las querellas están "basadas exclusivamente en artículos de prensa" y en la "declaración notarial de un trabajador que ni siquiera especifica su puesto de trabajo, "todo ello sin concretar mínimamente la participación del querellado en los hechos imputados".

El empleado es un vigilante de seguridad privada que relató minuto a minuto los hechos que presenció desde que inició su jornada a las 11 de la noche del 19 de enero de 2019 -una hora y cuarto antes de la llegada de la aeronave que trajo a la vicepresidenta venezolana desde Caracas- hasta después de la una y media de la madrugada. El empleado sostiene que José Luis Ábalos acompañó a Delcy Rodríguez desde la "zona de pistas" hasta la terminal ejecutiva del aeropuerto tras el encuentro secreto que mantuvo de madrugada con ella.

La decisión de acudir a un notario la tomaba días después de que la empresa (Ilunion) le entregara la carta por la que le notificaba la apertura de un expediente sancionador bajo la acusación de que acompañó a un periodista para que pudiera tomar imágenes de la sala VIP en la que Rodríguez permaneció hasta que a primera hora del 20 de enero embarcó en un avión de Qatar Airways rumbo a Doha para continuar posteriormente viaje hasta Estambul (Turquía).

Investigación del Juzgado 31

Igualmente, el informe fiscal sostiene que, "pese a la naturaleza de este delito (prevaricación), los querellantes, al margen de sus opiniones y sospechas, no concretan cuál es la resolución injusta
y arbitraria dictada por el querellado, ni cuáles son los indicios de participación del querellado en la decisión que cuestionan desconociéndose incluso quién la tomó, ni mucho menos las razones de la misma, defecto de especial trascendencia dado que el delito de prevaricación se reserva para sancionar supuestos límite, en los que la actuación administrativa no sólo es ilegal, sino además injusta y arbitraria", de modo que "de las querellas no se evidencia ni el dictado de una resolución administrativa, ni mucho menos su injusticia y arbitrariedad".

Por eso, solicitan al Supremo la inadmisión de las querellas porque no existen "los indicios mínimos necesarios" para proseguir, "sin perjuicio del resultado de las investigaciones que se están llevando a cabo en el juzgado número 31 de Madrid". Allí, el juez Antonio Serrano Arnal se encarga de la investigación de los hechos que no atañen a aforados, sino a funcionarios y trabajadores del aeropuerto. Desde que comenzó la investigación, apenas ha ordenado diligencias de investigación.

Todas las claves de la actualidad y últimas horas, en el canal de WhatsApp de El Independiente. Únete aquí

Te puede interesar