España

El PSOE impugna la candidatura del PP para el 4-M por incluir en sus listas a Toni Cantó

Los socialistas han registrado una denuncia ante la Junta Electoral Provincial al considerar que el ex dirigente de Ciudadanos es "inelegible" por haberse empadronado en fecha en la Comunidad de Madrid

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso; y el 'número 5' del PP para el 4-M, Toni Cantó

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso; y el 'número 5' del PP para el 4-M, Toni Cantó EFE

El PSOE ha impugnado este viernes la candidatura del PP para las elecciones del 4-M, encabezada por Isabel Díaz Ayuso, mediante el registro de una denuncia ante la Junta Electoral Provincial de Madrid, según ha adelantado ElDiario.es y ha podido confirmar El Independiente de fuentes del partido. Los socialistas basan su denuncia en la inclusión en las listas del PP del ex dirigente de Ciudadanos, Toni Cantó, que "no cumple con los requisitos de elegibilidad" por no haberse empadronado en Madrid en fecha y no reunir, por tanto, las condiciones de "elector, residente y de vecindad civil" de la región.

Ante la polémica que suscitó su fichaje, Cantó aseguró que se empadronó en la capital unos días antes de hacerse oficial su incorporación a las listas del PP porque «la mayor parte de mi trayectoria profesional ha pasado por Madrid», pero las dudas seguían encima de la mesa al no estar inscrito en el censo electoral, que cerró el pasado 1 de enero de 2021, según el artículo 39.1 de la LOREG.

El artículo 4.2. de la ley electoral de la Comunidad de Madrid establece, no obstante, que «los que aspiren a ser proclamados candidatos y no figuran en las listas del censo electoral vigente, referido al territorio de la Comunidad de Madrid podrán serlo, siempre que con la solicitud acrediten, de modo fehaciente, que reúnen todas las condiciones exigidas», de modo que ésta norma ya avalaría la candidatura de Toni Cantó como miembro de las listas de Isabel Díaz Ayuso.

En el artículo 2 de la citada normativa aparece recogido, además, que «el derecho de sufragio corresponde a los españoles mayores de edad, que gocen del mismo según el Régimen Electoral General y que, además, ostenten la condición política de ciudadanos de la Comunidad de Madrid, conforme el artículo 7 del Estatuto de Autonomía». A su vez, el Estatuto de Autonomía ratifica la validez de Cantó como candidato, ya que reza que «gozan de la condición política de ciudadanos de la Comunidad los españoles que, de acuerdo con las leyes generales del Estado, tengan vecindad administrativa en cualquiera de sus municipios».

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