La asociación Dignidad y Justicia no se da por vencida y acaba de presentar un nuevo escrito en la Fiscalía General del Estado para instar a la ilegalización de EH Bildu por incluir a 44 condenados por delitos de terrorismo en sus listas de cara a las elecciones del próximo 28 de marzo. La Fiscalía de la Audienica Nacional se ha pronunciado este miércoles rechazando investigar la denuncia que dicha asociación de víctimas había presentado, pero esta última considera que el Ministerio Público no se ha pronunciado específicamente sobre la Ley de Partidos y que, por tanto, todavía queda recorrido.

La denuncia inicial fue interpuesta el pasado 11 de mayo y hacía expresa alusión a siete de los terroristas de ETA con delitos de sangre en su haber. Solicitaba a los fiscales que indagaran en si sus condenas estaban liquidadas. "Para un riguroso análisis de la denuncia, se han recabado las hijas histórico-penales de las personas condenadas a las que se hace expresa referencia", respondía el decreto de archivo que ha hecho público esta mañana la Fiscalía de la Audiencia Nacional. "Del examen de la documentación no se aprecia la concurrencia de circunstancia alguna que permita atisbar que nos hallemos ante un supuesto de inegibilidad", expone el documento refiriéndose a la Ley del Régimen Electoral.

Para Dignidad y Justicia la clave está en que a lo largo de las cuatro páginas en las que han participado el Jefe del Ministerio fiscal en la Audiencia Nacional, Jesús Alonso, y su 'número dos', Marta Durántez, no se hace mención alguna a la Ley de Partidos Políticos. Y esta era otra de las peticiones que ellos habían hecho, que se investigara si EH Bildu actuaba de acuerdo a la norma cuando introducía candidatos con condenas por terrorismo sin que hayan rechazado expresamente la violencia. "El decreto [...] se ha limitado a dar debida respuesta a la averiguación de si concurría causa de inelegbilidad [...] respecto del listado de 44 candidatos, omitiendo consideración alguna a la vulneración del artículo 9.3.c) de la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio de Partidos Políticos", dice la nueva denuncia entregada en la Fiscalía General del Estado.

La citada Ley de Partidos señala en el artículo 9 que un partido político será declarado ilegal «cuando su actividad vulnere los principios democráticos, particularmente cuando la misma persiga deteriorar o destruir el régimen de libertades». Este artículo se extiende en tres apartados en los que, efectivamente, hace referencia al terrorismo. «Complementar y apoyar políticamente la acción de organizaciones terroristas para la consecución de sus fines de subvertir el orden constitucional o alterar gravemente la paz pública».

Para Dignidad y Justicia aquí está la clave para poder acudir a la Fiscalía General y que el asunto termine en el Tribunal Supremo, único órgano competente para ilegalizar a un partido político. Quieren saber "si la inclusión en las listas electorales de candidatos condenados por delitos de terrorismo, por parte de la formación EH Bildu, de manera reiterada en el tiempo, vulnera sistemáticamente las libertades y derechos fundamentales de las víctimas del terrorismo, promueve, justifica o exculpa los atentados contra la vida
o la integridad de las personas, y apoya tácitamente el terrorismo, legitimando las acciones terroristas cometidas por todos y cada uno de los candidatos que concurren a los procesos electorales", expresa la nueva denuncia.