El ex vicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, el ex conseller de Interior y los líderes de las asociaciones soberanistas ANC y Òmnium Cultural seguirán en prisión incondicional, según ha acordado este lunes el juez del Tribunal Supremo que instruye la causa por rebelión. ¿Por qué estos encausados seguirán privados de libertad y el resto podrá salir de la cárcel si depositan una fianza? ¿Qué responsabilidad atribuye el magistrado al denominado 'comité estratégico' del proceso secesionista? ¿Qué medidas cautelares impone al resto de los consejeros investigados? Éstas son las claves del auto -dictado horas antes de que arranque formalmente la campaña de las elecciones del 21-D- que impedirá a Junqueras pedir el voto en la calle.

  • ¿Por qué mantiene en prisión incondicional a cuatro investigados? Por reiteración delictiva. El magistrado Pablo Llarena no aprecia ya riesgo de fuga -la mayoría de los encarcelados por el procés concurre a las elecciones del 21-D y tienen arraigo familiar- ni la posibilidad de que puedan destruir pruebas que impidan el esclarecimiento de los hechos. Pero no descarta que algunos de los investigados puedan reincidir en el delito que se trata de dilucidar, lo que le lleva a mantener la medida adoptada por la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela. Ello supone claramente un respaldo a la tesis de la titular del Juzgado Central de Instrucción 3 de la Audiencia Nacional, muy criticada desde algunos sectores por su decisión de enviar a prisión a los miembros del Govern que no habían huido a Bélgica y a los líderes de las asociaciones soberanistas ANC y Òmnium.
  • ¿Cuál es la particularidad de Oriol Junqueras? Si bien admite que creer la afirmación de los investigados de que dejarán de actuar a partir de ahora de los cauces ilegales es un "confiado pronóstico" sólo justificado por la importancia del derecho a la libertad de todo ciudadano, el instructor defiende que el riesgo de reiteración delictiva "va expresamente unido a las responsabilidades públicas a las que aspiran" los investigados y que "cada partícipe" en el delito presuntamente cometido tiene una responsabilidad. Ello le lleva a individualizar conductas a la hora de revisar las medidas cautelares para los diez encausados a los que tomó declaración el pasado viernes. En este sentido, Pablo Llarena vincula a Oriol Junqueras "con el ejercicio de la violencia", presupuesto fáctico que exige el delito de rebelión para su perpetración. El magistrado tampoco pasa por alto que el ex vicepresidente de la Generalitat formaba parte del denominado 'comité estratégico', uno de los dos órganos que se detallaban en un documento clave intervenido en el registro practicado por la Guardia Civil en el domicilio de su ex número dos Josep María Jové -titulado EnfoCATs, reenfocando el proceso de independencia para un resultado exitoso- y que marcaba la 'hoja de ruta' del proceso independentista. "Su capacidad de decidir sobre la idoneidad y el momento en el que era conveniente desplegar cada uno de los comportamientos del procés, supone dirigir las movilizaciones que pusieron en riesgo -o materializaron incluso- la violenta explosión social que contemplamos, habiendo llegado estos encausados incluso a intervenir en su ejecución material", razona el juez. Éste considera que el riesgo de reiteración delictiva "refleja la probabilidad de que puedan reproducirse actos con graves, inmediatas e irreparables consecuencias para la comunidad", sin que se haya conjurado por el mero hecho de que declaren ahora que abandonan la estrategia de actuación seguida hasta ahora.

  • ¿Qué le reprocha el juez a los 'Jordis'? Además de formar parte del citado 'comité estratégico' del procés, Pablo Llarena no pasa por alto el papel protagonista desempeñado por los líderes de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) -Jordi Sànchez- y Òmnium Cultural -Jordi Cuixart- en el acoso a la comisión judicial durante las detenciones y registros practicados en la Consellería de Economía y Hacienda el pasado 20 de septiembre al razonar los motivos por los que estos dos encausados deben permanecer en prisión incondicional. El magistrado les atribuye la "movilización pública" a través de las dos entidades soberanistas, a sabiendas de que en las concentraciones a favor de la independencia "se iban a infiltrar necesariamente numerosos comportamientos agresivos" aun cuando la mayoría de los ciudadanos que secundaran el llamamiento "iban a actuar únicamente impulsados por su convencimiento ideológico y que estarían firmemente comprometidos con evitar cualquier tipo de agresión o violencia. Y añade: "De hecho, ellos mismos [Sànchez y Cuixart] participaron en la convocatoria del asedio que decenas de miles de manifestantes hicieron a la comisión judicial que ejecutó el registro de las instalaciones de la Consejería de Economía de la Generalidad en Barcelona, y dirigieron también a las masas durante las 19 horas que duró el cerco, modulando los actos de violencia que se desplegaron y facilitando finalmente la salida de la comisión judicial gracias a un pleno dominio de lo acontecido". No sólo aquel día. El juez detalla otras movilizaciones en las que habría quedado clara la "posición de dominio" y el eslabón fundamental que representan los Jordis en el engranaje independentista, como "la que impidió el registro en la entidad Unipost, o las que cortaron carreteras o constituyeron murallas humanas que defendían de manera activa los centros de votación, haciendo en ocasiones recular a los cuerpos policiales, apedreando sus vehículos o forzando a los agentes a emplear una fuerza que hubiera resultado innecesario de otro modo; así como aquellas que cortaron vías de comunicación ferroviaria  o asediaron los hoteles donde se alojaban los integrantes de las fuerzas del orden o amenazaron a los empresarios que prestaban soporte a los servicios del Estado".
  • ¿Cuál es la responsabilidad de Joaquim Forn? El cuarto investigado al que el instructor no le ofrece la opción de salir de prisión bajo fianza es Joaquim Forn, ex consejero de Interior. Llarena responsabiliza a éste, como máximo responsable de la Policía de la Generalitat, del hecho de que los Mossos d'Esquadra "favorecieran o no desplegaran ninguna actuación" para poner fin al acoso que sufrieron los agentes de la Guardia Civil y los funcionarios de Justicia que se desplazaron al departamento que dirigía Oriol Junqueras el pasado 20 de septiembre. Es el motivo por el que también se encuentran imputados Josep Lluís Trapero, ex mayor de este cuerpo policial, y la intendente Teresa Laplana.
  • ¿Hay riesgo de destrucción de pruebas? Fue otro de los supuestos invocados por la magistrada Lamela para justificar la medida cautelar de prisión preventiva, pero -a los ojos del actual instructor- ese riesgo no se sustenta ya después de que los encausados fueran destituidos de sus responsabilidades institucionales en virtud de la aplicación del artículo 155 de la Constitución por parte del Gobierno el pasado 27 de octubre. "El Ministerio Fiscal solo hace referencia a la incautación de determinada documentación que iba a ser incinerada, sin que se aporte ningún sustento indiciario que apunte a que la documentación pueda tener relación con los hechos investigados o que la destrucción fuera ordenada por quienes ya habían cesado en sus funciones de mando cuando la documentación fue intervenida", expone en su auto.
  • ¿Qué medidas cautelares se impone al resto? Los ex consellers Raül Romeva, Jordi Turull, Josep Rull, Dolors Bassa, Meritxell Borràs y Carles Mundó podrán abandonar la prisión si depositan una fianza de 100.000 euros, cantidad inferior a los 150.000 euros que ya impuso a la presidenta del Parlament (Carme Forcadell). Además, les retira los pasaportes, les impide salir de España y les obliga a comparecer semanalmente en el juzgado.