El Juzgado de Instrucción número 2 de Valencia ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa abierta al ex presidente de la Generalitat Valenciana Francisco Camps relativa a las negociaciones para la organización del Gran Premio de Fórmula 1 en Valencia a través de Valmor Sports SL y la posterior absorción de esta sociedad por parte de la empresa pública Circuito del Motor.
“En atención a las diligencias practicadas en estas actuaciones, considerando que no procede la realización de nuevas indagaciones y estimando que no existen indicios suficientes para formular una acusación fundada en derecho, procede decretar el sobreseimiento provisional del presente proceso”, señala el auto.
La jueza considera, por tanto, que la investigación no permite sostener el dictado de un auto de procedimiento abreviado por un delito continuado de prevaricación y por un delito de malversación de caudales públicos. “La actividad instructora desarrollada no permite llegar a tal conclusión toda vez que los informes emitidos por la UDEF, aunque amplios, no llegan a establecer, al menos con garantías, esa conclusión”, precisa la resolución.
La magistrada atiende así la petición de archivo formulada por la defensa del ex presidente valenciano en octubre de este año, tras examinar unos correos electrónicos aportados por el propio investigado que evidencian que Bancaja, “avalista inicial, no había firmado la novación contractual de 19 de julio de 2011”. Es decir, el citado contrato de 19-7-2011 para prorrogar la celebración de la prueba “no contenía relevación de garantía o avales de Bankia”.
La instructora recuerda que ya sobreseyó estas diligencias respecto a otros cuatro investigados –la ex consellera Dolores Johnson, dos ex asesores de Camps y el responsable de Valmor Sports SL- en junio de 2018 y no ve ahora razones para volver a investigarles, como pedía la Abogacía de la Generalitat.
Del mismo modo, rechaza unir de nuevo este procedimiento a las otras dos piezas separadas relativas a la celebración del Gran Premio de Fórmula 1 en que se desgajó la querella inicial del Ministerio Fiscal. “A salvo de consideraciones de carácter general, no explicita el letrado de la Generalitat razón concreta alguna por la que el Juzgado tendría que modificar los criterios ya establecidos en resoluciones firmes y admitidas por las partes”, puntualiza la instructora.
La jueza cita asimismo jurisprudencia de la Audiencia Provincial de Valencia según la cual “resulta inútil, desde el punto de vista de los fines del proceso penal y de los derechos en juego, la prosecución del proceso sino existen razones sólidas que lo justifiquen”.
De acuerdo con esa misma premisa, deben evitarse “consecuencias indeseadas e incompatibles con el principio de presunción de inocencia, como sometimiento al proceso primero y a juicio después, de personas con una apariencia de inocencia no desvirtuada con una razonada sospecha de culpabilidad”.
Te puede interesar
Lo más visto
- 1 Hernán Cortés, el "más genial" de los conquistadores que no fue un héroe ni un villano
- 2 Las cintas de la vergüenza. Por Casimiro García-Abadillo
- 3 Los españoles que subieron el Everest: "Me crucé a 16 cadáveres"
- 4 La Guardia Civil sale por primera vez del cuartel... y Bildu le espera en la calle
- 5 La mentira del Gobierno con la visita de Delcy Rodríguez pone en apuros a Sánchez
- 6 El 60% de los grandes beneficiarios de los fondos europeos son administraciones públicas
- 7 ¿Cual es el mejor Treonato de Magnesio? Estas son las 7 mejores del mercado
- 8 La trampa de Sánchez con la visita de la vicepresidenta Delcy
- 9 El 'caso Ábalos' irrumpe en pleno debate interno del PSOE sobre el futuro de Cerdán