El Tribunal Supremo ha revocado una decisión del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que cerró en falso la investigación abierta a una juez de Verín (Orense) que no aplicó debidamente la ley de violencia de género en un suceso que acabó con la muerte de una mujer de manos de su esposo el 8 de mayo de 2015.

Según informan fuentes jurídicas a El Independiente, el Pleno de la Sala Contencioso Administrativo del Alto Tribunal decidió el pasado día 11 estimar el recurso de casación que un familiar de la víctima interpuso contra el acuerdo de la Comisión Permanente del CGPJ de 17 de marzo de 2016 donde se dio carpetazo prematuro al asunto.

La Sala Tercera en Pleno decidió que se debe estimar el recurso de la familia contra la decisión del Consejo de archivar la investigación a la juez de Verín

La mayoría de magistrados de lo Contencioso entendió que el Consejo no agotó la investigación sobre la actuación de la magistrada titular del Juzgado Número 1 de Verín y que el órgano de gobierno de los jueces debe practicar ahora nuevas diligencias para esclarecer lo sucedido.

En abril de 2015, la víctima sufrió una brutal agresión –perdió hasta masa encefálica tras ser golpeada con una barra de hierro en la cabeza- que la llevó a ingresar en la planta de reanimación del Complejo Hospitalario del Hospital de Orense con pérdida de consciencia. Los forenses alertaron entonces de las altas probabilidades que la mujer tenía de morir. Pero contra todo pronóstico superó la situación y mejoró.

Un intento de homicidio

En un primer momento, la Guardia Civil –que no descartó ninguna línea de investigación- pensó que se trataba de un robo con violencia pero, tras coger una muestra de saliva de la mujer y cotejarla con otras huellas, avisaron a la instructora de que todo apuntaba a que era un intento de homicidio siendo el principal sospecho de ser el autor del mismo el marido de la víctima.

De ahí, que los miembros del Instituto Armado pidieran a la juez que cuando la paciente fuera trasladada a planta se le restringieran las visitas, ya que en caso contrario su marido iba a tener acceso a ella las 24 horas del día, poniendo en riesgo de nuevo su vida. Además, querían tomarle declaración a la víctima en cuanto recuperara la consciencia.

La instructora no informó al Ministerio Fiscal de que la víctima podía haber sido agredida por su esposo, principal sospechoso de abrirle la cabeza

La juez, que obvió poner estos hechos en conocimiento del Ministerio Fiscal, no adoptó ninguna medida de protección de la víctima de violencia de género que el 8 de mayo de 2015 fallecía tras ser apuñalada por su marido en la habitación del hospital.

Ahora, el Pleno de la Sala Tercera revoca la decisión del promotor de la acción disciplinaria del Consejo, que archivó de las diligencias abiertas a la juez al no apreciar pasividad en la actuación de la misma. Sin embargo, el Supremo entiende que el CGPJ debe practicar cuantas diligencias sean necesarias para esclarecer lo sucedido ya que el promotor dio por buena la versión de la instructora sin recabar, por ejemplo, soporte documental de algunas de las afirmaciones exculpatorias que hizo la juez de Verín. La sentencia, que será dará a conocer en los próximos días, contará con un voto particular suscrito por cinco magistrados.