Política

Referéndum ilegal en Cataluña

La juez procesa a 30 investigados por el 1-O, entre ellos los directores de TV3 y Catalunya Radio

Los procesados se enfrentan a delitos de malversación, prevaricación, desobediencia, falsedad documental y revelación de secretos. La magistrada archiva la causa para el juez Santi Vidal y otras catorce personas.

Agentes de Guardia Civil ante las urnas del 1-O.

Agentes de Guardia Civil ante las urnas del 1-O.

La magistrada titular del Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona ha notificado este martes el auto de procesamiento en la causa abierta por los preparativos de la convocatoria de referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017. En la resolución, procesa a un total de 30 investigados por los delitos de malversación de caudales públicos, desobediencia, falsedad documental, revelación de secretos y prevaricación.

Entre los investigados que son enviado al banquillo de los acusados se encuentran ex altos cargos del Govern como el ex secretario de difusión de la Generalitat, Antoni Molons; el ex director general de patrimonio de la Generalitat, Francesc Sutrías; la interventora general de la Generalitat, Rosa Vidal; el ex director general de Unipost Pablo Raventós; Amadeu Altafaj, ex director de la delegación del Gobierno de Cataluña ante la Unión Europea; Albert Royo, ex secretario general del Patronato Cataluña Mon-consell de Diplomacia Pública de Cataluña; y, Joaquim Nin, ex secretario general del Departamento de Presidencia de la Generalitat, entre otros.

También han sido procesados, en este caso por un delito de desobediencia, Vicent Sanchis Llàcer, director de la televisión pública catalana TV3 y Saül Gordillo Bernárdez, director de Catalunya Ràdio.

Además, la magistrada Alejandra Gil fija en 5.803.068,67 euros la fianza solidaria por responsabilidad civil para los procesados por malversación, cantidad supuestamente gastada o comprometida con la celebración del referéndum ilegal del 1-O. Si no prestan la citada fianza se les embargarán los bienes suficientes para obtener la garantía necesaria de disponer de la citada cantidad para hacer frente a posibles futuras responsabilidades.

En la resolución, se recuerda que el delito de malversación protege "no solo la propiedad de la Administración y la confianza de la sociedad en el manejo honesto de los fondos públicos sino, también, su correcta aplicación a los servicios colectivos para los que fueron entregados, lo que extiende el reproche penal a todos los supuestos en los que se desbordan las facultades de administración del patrimonio emanadas de la ley para dar a los fondos públicos un destino distinto a aquel para el que estaba previsto, entre los que no puede incluirse la preparación y celebración de un referéndum de autodeterminación que excede de las competencias que el gobierno de la Generalitat de Cataluña tiene atribuidas en virtud de la Constitución Española y del Estatuto de Autonomía y teniendo especialmente en cuenta las declaraciones del Tribunal Constitucional sobre la inconstitucionalidad de las normas a las que se ha aludido en el apartado de hechos de la presente resolución".

Por otra parte, la instructora de Barcelona levanta la imputación a 15 investigados, entre los que se encuentran Carles Vives Pi i Sunyer y el juez Santiago Vidal al no encontrar indicios suficientes de criminalidad contra los mismos como para llevarlos a la fase de juicio oral. Además, la togada señala que no es competente para pronunciarse sobre el investigado Lluís Salvadó,  ex responsable de Hacienda de la Generalitat, dado que ostenta la condición de aforado ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

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