El jefe del Ejecutivo en funciones, Pedro Sánchez, ha destacado que la Fiscalía General del Estado depende del Ejecutivo para reafirmar su promesa de que logrará la entrega a España del expresident de la Generalitat Carles Puigdemont, fugado en Bélgica desde octubre de 2017.

En una entrevista en RNE, Sánchez ha explicado que el Gobierno está haciendo todo lo necesario para que Puigdemont, buscado por un delito de sedición y malversación en relación con el 'procés', sea traído de vuelta a España.

De hecho, ha incidido en que fue la Fiscalía la que "pidió al juez instructor la activación de la euroorden" y, para probar que el Ejecutivo está actuando con este objetivo, ha lanzado una pregunta retórica: ¿De quién depende la Fiscalía?".

Lo que dice la ley

El Gobierno propone el nombramiento del Fiscal General del Estado y le puede pedir que lleve a cabo acciones ante los tribunales en defensa del interés público, pero los fiscales se guían por "el principio de imparcialidad" y actúan "con plena objetividad e independencia", según el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

"El Fiscal General del Estado será nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno, oído previamente el Consejo General del Poder Judicial", según el artículo 124 de la Constitución.

El candidato, añade el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, será elegido de "entre juristas españoles de reconocido prestigio con más de quince años de ejercicio".

Ya en el cargo, asumirá las funciones de "promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio o a petición de los interesados" y de "velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés social", según la Constitución.

Se guiará, además, por los "principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad".

El candidato propuesto por el Ejecutivo comparecerá ante el Congreso de los Diputados para que los parlamentarios puedan evaluar sus "méritos e idoneidad" y, una vez nombrado, el Fiscal General del Estado prestará ante el Rey el juramento o promesa, explica el estatuto de la Fiscalía.

A partir de ese momento, el Gobierno puede "interesar" del Fiscal General del Estado actuaciones ante los tribunales para defender el interés público. Estas comunicaciones se canalizan a través del ministro de Justicia, aunque el presidente del Gobierno también puede dirigirse directamente al fiscal si lo estima necesario, explica el mismo documento.

Tras recibir una solicitud por parte del Gobierno, y consultar a la Junta de Fiscales de Sala del Tribunal Supremo, el Fiscal General resolverá sobre "la viabilidad o procedencia de las actuaciones interesadas" y expondrá su resolución al Gobierno "de forma razonada".

Es decir, prevalece en todo momento la independencia de la Fiscalía, que no está sujeta "a ningún tipo de injerencias" por parte del poder político.