"Hay tres niveles. El segundo y tercero son símbolos pero de fuentes normales. La mía era 'Courier'. Os dan el código pero mezclan número y letras, por ejemplo AB00. Pero se meten también en negrita o cursiva y el tamaño". Mensajes como éste circulaban por grupos de Whatsaap en la mañana del pasado 23 de febrero mientras centenares de aspirantes a las plazas de administrativo del Estado esperaban para examinarse. ¿Se quebró el principio de igualdad al contar con información adicional los opositores que realizaron el ejercicio en turnos posteriores?

El director del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), Mariano Fernández Enguita, empezó la pasada semana a recibir decenas de recursos de alzada contra la resolución por la que la comisión permanente de selección hizo públicos el pasado 28 de mayo la nota de corte del segundo ejercicio (45,19 puntos) y la relación de aprobados en el proceso selectivo para cubrir 2.029 plazas en el cuerpo general administrativo de la Administración del Estado. Es el paso previo que necesariamente los aspirantes han de dar antes de llamar a la puerta de los juzgados de lo Contencioso-Administrativo.

La polémica se centra en la segunda prueba, celebrada el pasado 23 de febrero y consistente en un caso práctico con el que el tribunal tenía que evaluar los conocimientos y habilidades de los aspirantes en el manejo del procesador de textos y de la hoja de cálculo. El tiempo máximo del que dispusieron aquéllos fue de 30 minutos, siendo necesario obtener al menos 25 puntos -la mitad- para poder superar la prueba.

Los aspirantes fueron divididos en 9 turnos con una cadencia de una hora: en el último hubo 48 suspensos menos que en el primero

De entrada, los recurrentes consideran que este ejercicio es "nulo de pleno derecho" al no especificarse en las bases de la convocatoria los criterios de calificación. Tampoco la comisión permanente de selección los publicó antes de llevarse a cabo el examen, por lo que interpretan que se ha producido una vulneración del principio de publicidad y de la norma específica 5.3.1: "Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de aquella, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria".

En el recurso de alzada que Legal Oposiciones -despacho de abogados madrileño especializado en procesos selectivos- ha puesto a disposición de los aspirantes que no alcanzaron la nota de corte se recuerda que el Tribunal Supremo ya ha establecido que los criterios deben fijarse y publicarse antes de la realización del ejercicio para poder garantizarse el principio de seguridad jurídica. "De esta manera es como queda conjurado con las debidas garantías el riesgo del favoritismo individual (contrario al principio de objetividad) que se produciría si los criterios de valoración de los aspirantes fuesen definidos una vez realizadas esas pruebas competitivas", sentenció la Sala de lo Contencioso-Administrativa del alto tribunal el pasado 15 de noviembre.

Pantallazo de un chat en el que un opositor explica a otros
aspirantes detalles del segundo ejercicio.

A la vista de lo ocurrido y de la jurisprudencia existente, los opositores que han recurrido en alzada solicitan que las actuaciones se retrotraigan al desarrollo del segundo ejercicio, al que habían pasado más de 2.000 de los 22.140 que se presentaron a la primera prueba.

Subsidiariamente, los aspirantes que no superaron el corte consideran que es nula la decisión de convocarles en varios llamamientos "con un mismo examen" y "sin adoptar medidas" que garantizaran el principio de igualdad en el acceso a la Función Pública que consagra la Constitución en el artículo 23.2.

El pasado 14 de febrero, nueve días antes de la celebración del segundo ejercicio, la comisión permanente de selección publicó una resolución en la que anunciaba que el segundo ejercicio se llevaría a cabo en la Escuela Politécnica Superior de la Universidad Autónoma de Madrid. También difundió un cuadrante en el que se distribuía a los aspirantes -según la letra inicial de su primer apellido- en nueve llamamientos entre las 9 y las 17 horas, entrando en cada turno unos 240 opositores. "Dicha circunstancia no estaba contemplada en las bases y normas de la convocatoria", alegan.

De esta forma, los opositores que se examinaron en el turno de las 9 horas no tuvieron conocimiento de las instrucciones hasta que se enfrentaron a la prueba. No fue lo que ocurrió con muchos de los que se presentaron en tandas posteriores, que se beneficiaron de la información que fueron comentando los aspirantes que ya se habían examinado. Así se acredita en conversaciones de Whatsaap adjuntadas a los recursos de alzada.

Corrillos con los profesores de academias

"No se entiende muy bien que fueran los propios aspirantes los que facilitaran información sobre el ejercicio a sus academias para que éstas, a su vez, las trasladasen a otros aspirantes, pues, en definitiva, todos somos competidores, por lo que esa información no debería haber transcendido, por cuanto supone ofrecer facilidades al resto de los aspirantes en perjuicio propio", se lee en uno de los recursos de alzada. Y añade: "Lo que está claro es que la Administración recurrida como máxima garante del principio de igualdad que rige los procesos selectivo debía haber adoptado  cuantas medidas fuesen necesarias para garantizar que todos acudíamos en idénticas condiciones de igualdad y, de este modo, analizar el mérito y capacidad 'real' de cada aspirante, y no el tener más o menos contactos que le proporcionasen información".

Al organizarse los turnos con una cadencia de una hora y tener la prueba una duración máxima de 30 minutos, los opositores dispusieron de tiempo para detallar las instrucciones de la prueba a otros aspirantes. "También a sus profesores de las academias allí presentes, que se reunieron en los pasillos y en la cafetería de la Universidad con sus alumnos para resolver sus dudas, repasar conceptos y aconsejarles la mejor forma de afrontar el ejercicio que se les había desvelado", reprochan.

Los que han recurrido sostienen que, "sin género de dudas", los ejercicios presentados en los nueve llamamientos son "idénticos a nivel de prueba de conocimientos". En este sentido, aseguran que se cambiaron "aspectos accesorios" de uno a otro para "simular" que se trataba de exámenes distintos cuando eran "sustancialmente" iguales.

"Filtración masiva"

"En lugar de diseñar ejercicios distintos para cada llamamiento, pero de similar dificultad, que es lo que se tenía que haber hecho para evitar lo que sucedió, la comisión permanente de selección elaboró nueve ejercicios prácticamente idénticos. Y todo ello sin adoptar ninguna medida para que los aspirantes que habían realizado el ejercicio abandonaran la Universidad y no pudieran comunicarse con el resto, lo que propició la filtración masiva que se denuncia", exponen.

En opinión de los recurrentes, el hecho de que se fueran conociendo las características del ejercicio conforma iba avanzando la mañana tuvo un reflejo directo en los resultados. Así, aseguran que en el turno de las 9 de la mañana se contabilizaron 130 suspensos, frente a loas 82 registrados en la tanda de las cuatro de la tarde.

"El apreciable descenso de suspensos fue consecuencia directa e inmediata de las filtraciones del ejercicio, en clara relación causa-efecto, ya que se trata de una circunstancia objetiva (número de suspensos") y un hecho acreditado (las filtraciones), sin que se hayan producido otro tipo de circunstancias que pudieran interrumpir ese nexo causal", apostillan.