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Sánchez ha concedido 63 indultos, casi la mitad a condenados por delitos contra el patrimonio

El Ejecutivo otorgó la medida de gracia a ocho personas en 2018, a 39 en 2019 y a 16 en lo que va de año / Justicia reanudó a los seis días los plazos administrativos suspendidos por el estado de alarma para seguir tramitando expedientes

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, en los pasillos del Senado.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, en el Senado. EP

Pedro Sánchez ha concedido 63 indultos desde que en junio de 2018 llegó a la Presidencia del Gobierno, lo que arroja un promedio de uno cada 13 días. Casi la mitad de los beneficiados por esta medida de gracia habían sido condenados por la comisión de delitos contra el patrimonio, entre los que se incluyen el robo, la estafa, la apropiación indebida y la insolvencia punible (antes alzamiento de bienes).

La institución del indulto vuelve a centrar el debate político tras anunciar este miércoles en el Congreso el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, que la próxima semana comenzarán a tramitarse los expedientes de los condenados por el procés. La gestión coincide con las negociaciones que los partidos que sustentan el Gobierno mantienen con los partidos independentistas catalanes para tratar de sacar adelante los Presupuestos Generales del Estado.

Los dos últimos indultos de la 'etapa Sánchez' se acordaron en la sesión que el Consejo de Ministros celebró este martes y han permitido rebajar la pena privativa de libertad a un médico que había cometido un delito de descubrimiento y revelación de secretos al acceder ilegalmente a las historias clínicas de cinco compañeros y a otro hombre condenado por la Audiencia de Madrid a tres años de prisión por un delito contra la salud pública.

En lo que va de año, el Ejecutivo PSOE-Unidas Podemos ha indultado a 16 personas, entre ellos un antiguo soldado del Ejército de Tierra al que un tribunal militar territorial había condenado a la pena de tres meses y un día de prisión por abandono de destino. El resto fueron por delitos contra el patrimonio (ocho), falsedades (tres), salud pública, integridad física, y descubrimiento y revelación de secretos (uno).

De los 16, una decena (el 1,62 % del total de solicitudes) se despacharon antes de que se declarara el estado de alarma el 14 de marzo para frenar la propagación del coronavirus. La suspensión de los plazos administrativos apenas tuvo incidencia en la tramitación de estos expedientes, toda vez que la Subsecretaría de Justicia dictó una resolución el 20 de marzo por la que se reanudaban los procedimientos de solicitud y concesión invocando "razones de interés general".

Sin "sentido" la suspensión de plazos

"Vimos que no tenía sentido, dado el volumen de atraso que hay [en] la tramitación de indultos. No se tramitaron durante el Gobierno en funciones y podía generar problemas, como prescripciones de pena, etcétera. Por tanto, dijimos que, en la medida en que no había contacto físico de nadie, porque todo es un registro telemático -como el traslado al tribunal sentenciador para que informe, etcétera-, no tenía sentido ninguno", justificó el ministro cuando ante la comisión de Justicia del Congreso el pasado 21 de mayo.

La pandemia sí ha provocado que este año no se concediera ningún indulto con motivo de la Semana Santa, como es tradición desde el reinado de Carlos III. Sin ir más lejos, en 2019 se conmutaron las penas a seis personas -mayoritariamente por tráfico de drogas- tras las peticiones que habían promovido hermandades de Zaragoza (dos), Oviedo, Granada, Málaga y Sevilla.

Durante dicha comparecencia parlamentaria, Juan Carlos Campo cifró en 354 el número de resoluciones de expedientes de indulto que había tramitado su departamento durante el estado de alarma, todas denegatorias. "Que nadie tenga miedo, porque ni siquiera esos que están en la mente de todos se han tramitado, ya que no les ha llegado el turno. Cuando les toque se tramitarán con la mayor normalidad, se les dará traslado y se llevarán al Consejo de Ministros, pero ninguno está tramitándose", anticipó aquel día el titular de Justicia en clara alusión a los expedientes de los líderes del procés.

El Gobierno de Sánchez concedió la medida de gracia a 8 personas en 2018, a 39 en 2019 y a 16 en lo que va de año

Durante 2019, el Ejecutivo de Pedro Sánchez recibió 3.240 solicitudes e indultó a 39 condenados, lo que significa que solo prosperó un 1,2 % de las peticiones. Según los datos facilitados por el Gobierno en respuesta a una pregunta escrita de la senadora del PP Teresa Ruiz-Sillero, el desglose delictivo es el siguiente: patrimonio (18), libertad (seis), falsedades e integridad física (tres cada uno), Administración Pública (dos) y orden público (uno).

Entre las personas indultadas durante el pasado año figura un ex alcalde socialista de la localidad pacence de Alburquerque que el 3 de septiembre de 2012 había sido condenado por la Sección Primera de la Audiencia de Badajoz a dos años y seis meses de prisión como autor de delito de obstrucción a la Justicia en concurso de normas con amenazas.

También se vieron beneficiados por esta medida de gracia en 2019 dos sindicalistas gallegos que el 9 de mayo de 2011 fueron condenados por el Juzgado de lo Penal 1 de Vigo a tres años de prisión y a pagar una multa de 1.825 euros por la comisión de un delito contra los derechos de los trabajadores tras participar en un piquete en abril de 2008, así como un hombre que el 10 de octubre de 2016 había sido condenado por el Juzgado de lo Penal 1 de Salamanca a dos años de prisión por sustracción de menores.

Una ley de 1870

Durante sus primeros siete meses como presidente, el Gobierno de Pedro Sánchez indultó a ocho personas (el 0,45 % de las solicitudes tramitadas). En concreto, fueron cuatro hombres y cuatro mujeres que habían sido condenados por homicidio, robo con fuerza (dos), contra la salud pública (dos), quebrantamiento de condena, falsedad en documento público y apropiación indebida.

El indulto está regulado normativamente en España mediante una ley aprobada en junio de 1870, durante el Sexenio Democrático y siendo Eugenio Montero Ríos ministro de Gracia y Justicia. El texto incluía 32 artículos y exigía que la concesión fuera mediante "decreto motivado" y "acordado en Consejo de Ministros" (artículo 30). No volvió a modificarse hasta enero de 1988, tras salir adelante la iniciativa parlamentaria que había promovido el grupo del Centro Democrático y Social (CSD).

Las estadísticas muestran un progresivo descenso en el número de indultos otorgados. En la etapa del último presidente socialista (2004-2011) se concedieron 3.381, cifra notablemente inferior a los 5.948 del Gobierno de Aznar (1996-2004) y a los 5.944 de Felipe González (1982-1996). Como ha recopilado Civio, una plataforma que ha clasificado todos los indultos concedidos en España desde 1996 y publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el total de casos acumulados durante la etapa de Mariano Rajoy (finales de 2011 a junio de 2018) ascendió a 898, registro muy similar al de la breve legislatura de Leopoldo Calvo-Sotelo (de febrero de 1981 a diciembre de 1982): 878.

Sentencia clave del Supremo

Los expertos señalan como punto de inflexión del descenso la sentencia que la Sala Tercera del Tribunal Supremo dictó en noviembre de 2013, revocando el indulto que el Consejo de Ministros había concedido al kamikaze que había matado a un conductor de 25 años en una autopista de Valencia diez años antes y que había sido condenado a 13 años de prisión por un delito de conducción con grave desprecio a la vida de los demás, en concurso con delitos de homicidio y lesiones, una falta de lesiones y otra de daños. Después de tres días de deliberaciones y con un resultado muy ajustado, se atendió el recurso que había interpuesto la familia de la víctima mortal de aquel accidente y el alto tribunal desautorizó al poder ejecutivo.

Aquel fallo del Supremo dejó claro que, con independencia de que se trata de una decisión política, el indulto está sujeto a control jurisdiccional y que las concesiones deben estar explicadas para que no devengan en actos arbitrarios. "Que un instituto sea rancio en el sentido de antiguo no quiere decir que no tenga hoy una virtualidad. Yo he defendido, y lo volveré a hacer hoy con vehemencia, que es un instituto perfectamente reglamentado, regulado y sujeto a un relativo control por la Sala Tercera de nuestro Tribunal Supremo", ha mantenido Campo en el Congreso.

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