Después de meses de reuniones y enfrentamientos entre los dos partidos que conforman el Gobierno de coalición, el Consejo de Ministros dará este martes, una jornada después del Día del Orgullo LGTBI, luz verde a la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans, conocida como la Ley Trans, que será tramitada en un texto único con la Ley LGTBI. Se trata de la segunda norma que llegará al órgano de Gobierno desde el Ministerio de Igualdad que dirige Irene Montero, después de la llamada Ley del consentimiento, que se encuentra en segunda vuelta después de que los órganos consultivos hayan emitido sus respectivos informes sobre ella.

El borrador de la Ley Trans de febrero de este año contemplaba eliminar requisitos de la actual Ley de Igualdad orientados a que las personas trans puedan inscribirse en el Registro Civil sin necesidad de informes médicos ni terceras personas desde los 14 años y no desde los 18 años como establecía hasta ahora la norma. Este ha sido el punto más importante y polémico del texto, que ha centrado el debate entre las feministas ortodoxas y las feministas inclusivas, pero no ha sido el único.

Claves de la Ley Trans

Libre autodeterminación de género y despatologización

La ley elaborada por el departamento de Irene Montero "reconoce y pone en valor la diversidad sexual, de género y familiar, como factor enriquecedor de nuestras sociedades, y proclama el derecho a la autodeterminación de las personas en todos los ámbitos de la vida". La autodeterminación de género se refiere al derecho a cambiar el nombre y el sexo en el documento de identidad sin necesidad de aportar informes médicos ni tratamientos hormonales, es decir, sin "injerencia externa".

De esta forma, rectifica lo establecido en la Ley 3/2007, que en opinión de Uge Sangil, presidenta de la Federación Estatal LGTB (FELGTB), "era una ley patologizadora", ya que hasta ahora una persona trans debía certificar a través de un informe médico o psicológico una disforia de género para poder realizar un cambio registral, así como haber realizado dos años de tratamiento hormonal. Con esta nueva norma, las personas trans dejarán legalmente de ser consideradas enfermas, tal y como ya ha dispuesto la OMS.

De años de trámites para cambiar de sexo, a meses

Las personas trans esperaban durante años los cambios de nombre y sexo en sus documentos. En el futuro, con la Ley Trans esta gestión administrativa se acortará a, como máximo, cuatro meses. Además, el proceso podrá revertirse una sola vez, cuando hayan pasado seis meses desde que se realizó la solicitud. Para Sangil, es "un cambio positivo" porque "las largas esperas, la fiscalización y los tutelajes terminan una vez que se haya aprobado la ley" impulsada por Irene Montero. 

Los mayores de 14 años trans deberán ir acompañados

"Las personas mayores de 16 años estarán plenamente legitimadas para solicitar por sí mismas la rectificación", reza el borrador, mientras que las personas trans mayores de 14 deberán estar "asistidos en el procedimiento por sus representantes legales", es decir, su padre, madre o tutor legal. A su vez, los mayores de 12 años y menores de 14 podrán promover el expediente de jurisdicción voluntaria asistidos por sus representantes legales y los menores de 12 de cambiar su nombre, pero no su sexo, sin prueba testifical ni documental.

De esta forma y según recoge el texto de la ley, se cumplirá lo detallado en la sentencia del Tribunal Constitucional 99/2019, que determinó que las personas menores de edad con "suficiente madurez" y que se encuentren en una "situación estable de transexualidad" deben poder desarrollar libremente su personalidad en "lo que se refiere a decidir acerca de la propia identidad".

Protección frente a la violencia contra el colectivo trans

La Ley Trans supondría una "reparación histórica" por parte del Estado para un colectivo que ha sufrido "discriminaciones estructurales" y "múltiples violencias", así como de una "situación de desigualdad y de limitación de oportunidades vitales a las que se les ha sometido a lo largo de los siglos y a las que se les sigue sometiendo", señala el texto. Por ello, se realizará un "despliegue de un régimen de infracciones y sanciones" cuando se produzcan agresiones basadas en la discriminación a personas del colectivo LGTBI, según indica el Ministerio de Igualdad en un documento explicativo del anteproyecto de ley.

Además, esta norma establece que "las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, elaborarán protocolos para apoyar y acompañar al alumnado trans, y contra el acoso transfóbico, para prevenir, detectar e intervenir ante situaciones de violencia y exclusión contra el alumnado trans".

Quedan prohibidas las terapias de conversión

Esta nueva ley prohibirá las conductas contrarias a la intimidad y la integridad física de las personas, lo que incluye "el uso de terapias de conversión o anulación de la identidad de género". Así, "ninguna persona podrá ser obligada a someterse a tratamiento, procedimiento médico o examen psicológico que coarte su libertad de autodefinición de la identidad de género", indica el texto explicativo del Ministerio de Igualdad.

La norma recalca que la atención sanitaria a las personas trans se realizará conforme a los principios de "no patologización, autonomía, codecisión y consentimiento informado, no discriminación, asistencia integral, calidad, especialización, proximidad y no segregación".

Sanciones de la 'Ley Trans': de 200 a 150.000 euros

La nueva ley establecerá una serie de sanciones que se dividirán en tres tramos: leves, que tendrán una multa de 200 a 2.000 euros, y en las que se engloban las vejaciones a una persona por su orientación sexual o identidad de género, no facilitar la labor o negarse a colaborar con la acción investigadora de los servicios de inspección así como causar daños a bienes del colectivo LGTBI, como por ejemplo placas; graves, de 2.001 euros a 10.000, que se basan en no retirar las expresiones vejatorias en sitios web o redes sociales, así como incorporar cláusulas en contratos que sean discriminatorias o vejatorias; y las muy graves, de 10.001 a 150.000 euros, que hacen referencia al acoso, la negativa a dar asistencia a una persona, la difusión o promoción de métodos o terapias de conversión o convocar espectáculos públicos o actividades recreativas que tengan como objeto la incitación a la discriminación, entre otras.