El Tribunal Supremo ha rebajado de catorce a ocho meses de prisión la condena a un soldado del Ejército de Tierra que abofeteó a un teniente en un bar de Melilla, tras pedirle charlar en privado por unos comentarios del condenado: "Yo no tengo nada que hablar contigo, si voy es para pegarte un guantazo".

La Sala de lo Militar ha dictado una sentencia que estima parcialmente el recurso del soldado contra la resolución del Tribunal Militar Territorial Segundo de Sevilla por un delito de insulto a superior en su modalidad de maltrato de obra.

Los hechos ocurrieron la noche del 22 de octubre de 2021, cuando el teniente acudió a un bar de Melilla donde estaban cinco soldados.

El teniente se acercó y dio unas "collejas" a uno de los soldados con quien tenía confianza, luego se dirigió al resto diciendo "con vosotros no tengo la confianza, porque si no os daba también", a los que uno de los soldados respondió bruscamente "te meto un guantazo que te embarco".

Acto seguido, el oficial se fue sorprendido y le preguntó al soldado con el que tenía más confianza si a su compañero le pasaba algo con él, tras lo cual se acercó de nuevo a la mesa y le dijo al condenado que quería hablar con él en privado.

"Yo no tengo nada que hablar contigo, si voy es para pegarte un guantazo", "en el Cuartel mandas pero aquí no", "que salís de la Academia y venís muy chulos sin saber a qué ciudad habéis venido", le respondió.

Ante esas respuestas, el teniente le comentó que "si no quieres hablar aparte hablamos delante de tus compañeros", le tocó el hombro con la intención de razonar con él y el condenado soltó "no me toques".

"No te toco, me meto las manos en los bolsillos, solo quiero hablar", respondió el teniente, tras lo cual recibió un codazo del soldado quien dijo: "ahora da parte".

El oficial le señaló que "no va a dar parte de esto, pero como me des un guantazo te arruinas la vida", pese a tal advertencia, de forma sorpresiva el soldado le dio una fuerte bofetada en la cara. El dueño del local le mandó que se marchara de allí.

En su recurso, el soldado niega los hechos, sostiene que la conducta del oficial agredido fue "amenazadora" y aunque reconoce que cuando el teniente le puso la mano encima, se "zafó", pudo ser que le diera un golpe, pero sin intención y no en el rostro.

Pero el Supremo deduce del conjunto de las declaraciones que no fue un acto reflejo sin intención agresiva, provocado por el intento de zafarse, sino que hubo claramente "intencionalidad del golpe".

"El inculpado tuvo una reacción absolutamente, violenta, agresiva, inapropiada y desproporcionada frente a los comentarios y la actitud del Oficial, que en ningún caso es justificable."

Con todo, el Supremo considera que partiendo de la horquilla del delito (seis meses a cinco años), la pena "merece ser atemperada" hasta los ocho meses de prisión, "tras una ponderación de las circunstancias que rodean los hechos", al atender a la actitud "terne, perseverante e insistente por parte del ofendido"