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El Supremo abre causa contra Alvise por presuntas amenazas al alcalde de Algeciras

El Supremo abre causa contra Alvise por presuntas amenazas al alcalde de Algeciras
El eurodiputado y líder de Se Acabó la Fiesta, Luis 'Alvise' Pérez. | EP

El Tribunal Supremo ha abierto una causa al eurodiputado Luis Pérez Fernández, conocido como 'Alvise', para investigar la querella presentada contra él por el alcalde de Algeciras, José Antonio Landaluce, por un presunto delito de amenazas condicionales.

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Así consta en un auto, al que ha tenido acceso El Independiente. La querella se formuló por un delito de coacciones y por delito de amenazas condicionales con carácter subsidiario y el tribunal ha apreciado indicios de este segundo en los hechos que se le atribuyen al también presidente de SALF (Se Acabó la Fiesta). El instructor será el juez Antonio del Moral.

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"El relato contenido en la querella, unido a la documentación aportada, singularmente las capturas de pantalla y certificaciones electrónicas relativas a las publicaciones efectuadas en el canal público de Telegram gestionado por el querellado, permite apreciar, en esta fase preliminar y sin prejuzgar la calificación definitiva, la concurrencia de indicios racionales de un posible delito de amenazas condicionales", señalan los magistrados de la Sala de lo Penal.

Para el Supremo, de los mensajes reproducidos en la querella se desprende que Alvise habría anunciado de forma expresa y reiterada la difusión pública de audios, documentos y capturas de conversaciones en los que se atribuirían al alcalde comportamientos presuntamente delictivos o gravemente deshonrosos, vinculando de manera explícita la no ejecución de esa difusión a la dimisión de Landaluce.

La forma en que se plantearon esos mensajes —condicionando la difusión de los materiales a una decisión del alcalde y fijando incluso plazos— permite apreciar, en esta fase inicial, indicios de un posible delito de amenazas por parte de Alvise. En concreto, el tribunal entiende que se plantea un perjuicio futuro cuya ejecución dependería de la voluntad del investigado.

Por otro lado, el tribunal descarta por ahora el delito de coacciones al no apreciar una afectación directa e inmediata de la libertad de actuación del querellante mediante violencia o intimidación suficiente, si bien deja abierta la posibilidad de revisar esta calificación en el futuro. En todo caso, la Sala subraya que la admisión de la querella no implica prejuzgar la culpabilidad del eurodiputado, sino únicamente la existencia de indicios suficientes para investigar los hechos en esta fase inicial.

Se trata de la quinta causa abierta por el Supremo contra el dirigente de Se Acabó la Fiesta en el último año. En dos de los procedimientos ya en marcha, el alto tribunal ha solicitado suplicatorio al Parlamento Europeo para poder continuar con la investigación, dada su condición de eurodiputado.

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