Los grupos de la izquierda madrileña intentan evitar que haya elecciones en la Comunidad. Tanto el PSOE, con Ángel Gabilondo a la cabeza, como el grupo parlamentario de Más Madrid, que presentó a Íñigo Errejón como cabeza de lista en las últimas elecciones autonómicas, han registrado mociones de censura para intentar evitar una convocatoria electoral en la Comunidad de Madrid.

El artículo 21.2 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid establece que no se podrá acordar disolver la Asamblea y convocar elecciones "cuando se encuentre en tramitación una moción de censura". Errejón ha tuiteado a las 13.00 "registramos moción de censura en la Asamblea de Madrid", junto al mensaje "hay alternativa". La moción fue registrada finalmente a las 13:03. El PSOE ha informado a la prensa del registro de esa moción de censura quince minutos después.

Sin embargo, según ha informado Ignacio Aguado en una comparecencia, la disolución de la Asamblea y la convocatoria electoral automáticamente había sido ya acordada en el Consejo de Gobierno, celebrado con anterioridad a esa hora.

Fuentes de la Comunidad de Madrid aseguran que el decreto de disolución de la Asamblea fue firmado a las 12.00, más de una hora antes que las mociones de Más Madrid y del PSOE y previa deliberación en el Consejo de Gobierno.

Los partidos de la izquierda se agarran ahora a que la disolución no ha sido aún publicada en Boletín Oficial y consideran que no tendrá validez cuando se publique por haber mociones en marcha.

El Gobierno regional, sin embargo, defiende que la publicación se hará en el Boletín del día siguiente, como corresponde, con la información sobre las fechas y horas a las que se firmó y desde la que es efectivo el decreto.

De acuerdo a la textualidad del artículo 21 del Estatuto de Autonomía, y al artículo 1 de la Ley que regula la disolución de la Asamblea, está prohibido "acordar" la disolución mientras se tramita una moción de censura. Pero el acuerdo se había adoptado ya mucho antes del registro de las dos mociones, como el propio Ignacio Aguado confirmó en su comparecencia de las 12:35.

A partir de ahí, ningún artículo ni del Estatuto ni de la citada Ley contempla que la tramitación posterior de mociones de censura interrumpa, invalide o anule la validez de lo ya acordado previamente. Aunque la publicación y entrada en vigor efectiva de la disolución de la Asamblea se produzca el jueves, al publicarse el Boletín Oficial de la Comunidad.

El embrollo jurídico es mayor aún dado que la Mesa de la Asamblea, con los votos de PSOE y Ciudadanos, ha decidido tramitar las dos mociones mencionadas. Justifican su decisión, que el PP tacha de "prevaricación", en que no habían recibido comunicación formal del acuerdo de disolución en el momento de reunirse. Sin embargo, ese acuerdo era ya público hasta el punto de que la propia presidenta de la Comunidad de Madrid había comparecido oficialmente a las 14:15 de la tarde.

De hecho, la entrada en registro de la calificación de las mociones no se ha producido hasta las 16:12 de la tarde. Para más inri, la Consejería de Presidencia ha enviado una carta a las 16:10 recordando al presidente de la Asamblea el acuerdo adoptado a mediodía en el Consejo de Gobierno.