El Gobierno condiciona el mantenimiento del indulto a los nueve políticos independentistas condenados en la sentencia del procés a que éstos no reincidan en los próximos años. "Si cometen delito grave el indulto se anulará. No quiere decir que el indulto sea reversible, sino que existe esta condicionalidad", explicaron este martes fuentes del Gobierno después de que el presidente Pedro Sánchez comunicara en una breve declaración institucional sin preguntas que la medida de gracia concedida anula la parte de la pena por los delitos de sedición y malversación que quede por cumplir pero mantiene la de inhabilitación.

El Ejecutivo introduce esa horquilla de entre tres y seis años para que los impulsores del referéndum ilegal de independencia de 2017, que desobedecieron las órdenes del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y las advertencias del Tribunal Constitucional, demuestren que pueden mantener el perdón concedido. En la práctica, la condición que ha introducido el gabinete de Sánchez es innecesaria puesto que al mantenerse la inhabilitación y no poder volver a ejercer puestos de responsabilidad en el Govern o en otras administraciones públicas será muy difícil que los excarcelados incurran de nuevo en los delitos de sedición o malversación.

Las fuentes gubernamentales mencionadas explicaron que, aunque el arrepentimiento no es una condición exigida para conceder el indulto y Sánchez aclarase que no se espera que los indultados "cambien de opinión" porque "en ningún momento se han perseguido sus ideas políticas", es en esta parte de la condicionalidad donde se ha hecho una distinción individualizada atendiendo al comportamiento de los beneficiados por la medida -solicitada por terceros, no por ellos- y la posibilidad de que incurran de nuevo en delitos graves.

Mientras para el ex vicepresidente Oriol Junqueras, que fue condenado a la pena máxima de 13 años de prisión por sedición y malversación se establece ese tiempo de 'vigilancia' en seis años, igual que para los ex consejeros Josep Rull, Jordi Turull y Joaquim Forn, en el caso de los líderes de las entidades soberanistas ANC y Òmnium Cultural Jordi Sànchez y Jordi Cuixart desciende a cinco, en el de la ex presidenta del Parlament Carme Forcadell a cuatro y en el de la ex consejera Dolors Bassa, a tres.

Cláusula habitual

Fuentes del Tribunal Supremo consultadas por El Independiente explican en que la introducción de la cláusula que condiciona el mantenimiento de los indultos a que no se vuelva a delinquir de manera dolosa es lo habitual en las resoluciones del Gobierno para concederlos. En concreto, los reales decretos utilizan la expresión "a condición de que no vuelva a cometer delito" en un determinado plazo desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La duda que plantean algunos juristas con los que ha hablado este diario es si la Sala Tercera del Tribunal Supremo -en el escenario de que considere ajustado al ordenamiento jurídico los reales decretos de concesión o inadmita los recursos que ahora se formulen- está legitimada para instar al Gobierno a dejar sin efecto la medida de gracia en caso de que alguno de los beneficiados vuelva a cometer un delito grave en el futuro y el Ejecutivo se muestre impasible.

"El problema es quién le pone el cascabel al gato. ¿Sólo se lo puede poner el Gobierno o cabe la posibilidad de que, en ejecución de sentencia, el Supremo pueda actuar como una especie de cancerbero o vigilante de que se sigue cumpliendo la legalidad del decreto que ha ratificado previamente? Es un debate abierto ante un problema que nunca se ha planteado", señala un magistrado del alto tribunal.

La duda de los juristas: ¿está legitimado el TS para dejar sin efecto la medida si un indultado delinque en el futuro y el Gobierno no actúa?

Una vez que se publiquen los reales decretos en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el PP, Vox y Ciudadanos interpondrán recursos ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo con la intención de que se revoque la medida de gracia y los líderes independentistas (Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull, Dolors Bassa, Carme Forcadell, Josep Rull, Joaquim Forn, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart) regresen a prisión para terminar de cumplir las penas impuestas en octubre de 2019 por el tribunal sentenciador.

Los juristas consultados por este periódico consideran dudoso que se admitan a trámite las impugnaciones anunciadas por el Partido Popular -esta formación se considera "parte perjudicada" por estar en el blanco de los CDR, según defendió este martes Pablo Casado- y Ciudadanos, pero invocando la doctrina de la Sala no tienen dudas de la admisibilidad del recurso de Vox.

El elemento diferenciador es el hecho de que el partido que lidera Santiago Abascal fue acusación popular en la causa que concluyó con las condenas ahora redimidas por el Gobierno. Existen precedentes en los que magistrados del alto tribunal llegaron a formular votos particulares contra la sentencia por la que se revocó un indulto -como el concedido el 31 de octubre de 2013 al empresario canario y presidente de la UD Las Palmas, Miguel Ángel Ramírez- porque los recurrentes no habían tomado parte en el procedimiento penal por el que aquél había sido condenado.

En ese caso, la Sala revocó la medida de gracia por la que el Gobierno de Rajoy le conmutó la condena de tres años y un día de prisión que se le había impuesto como autor de un delito contra la ordenación del territorio por otra de dos años a condición de que procediera a la demolición de las obras ejecutadas ilegalmente aun cuando el recurrente (Ecologistas en Acción) no había ejercido la acusación en el orden penal. Ese pronunciamiento contó con el respaldo de la entonces magistrada en activo Margarita Robles, hoy ministra de Defensa.