La jueza Nuria Ruiz Tobarra, que investiga la gestión de la DANA, ha rechazado "en el presente momento" elevar la imputación del presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana —el órgano competente para investigar al president por su condición de aforado—. Al mismo tiempo, ha negado de nuevo la imputación de la delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Pilar Bernabé. Por el momento, las únicas dos personas imputadas en la causa son la exconsejera de Interior Salomé Pradas, y el exnúmero 2 de Emergencias Emilio Argüeso.
Así consta en un auto, al que ha tenido acceso El Independiente. Además, la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja argumenta su decisión en base a que no está agotada la fase de instrucción y recuerda que le ha dado a Mazón la posibilidad de declarar de forma voluntaria como investigado, a la vista de las denuncias y querellas formuladas contra él.
Asimismo, Ruiz Tobarra ha vuelto a rechazar la imputación de Bernabé, dado que la protección civil es competencia autonómica y "la patente inactividad", conectada con los fallecimientos y lesiones de aquel 29 de octubre, se produjo en el ámbito autonómico. Respecto a la petición de la acusación particular sobre Mazón, se basa en la no solicitud de la declaración de emergencia nacional al Gobierno central, según detalla en el auto.
La jueza explica que elevar una exposición razonada al Tribunal no es procedente por el momento, y ha de sujetarse a los requisitos y exigencias del auto de diciembre, que señalaba que la remisión de la exposición razonada se hará si, agotada la instrucción, hay indicios sólidos contra el aforado. Según informó el TSJCV, en cualquier caso, como advirtieron los magistrados en su resolución, la inadmisión de estas denuncias y querellas no implica que sus impulsores “queden privados del ejercicio de la acción penal”, pues pueden instar si lo desean la incoación de este procedimiento preliminar en el “hábitat natural de los juzgados de Instrucción”.
Entre las decisiones que puede adoptar en un futuro el juez de Instrucción que resulte competente, una vez agotada la instrucción y practicadas las diligencias de investigación necesarias, está la de elevar una exposición razonada al Tribunal Superior si constan “indicios sólidos contra la persona aforada frente a la que si dirigió la querella”.
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