Policía Nacional

Del 'caso Bono' al 'caso Marlaska'

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La Policía Nacional es una institución armada de carácter civil y estructura jerárquica. Su principal misión es salvaguardar los derechos y libertades de los ciudadanos, así como mantener la seguridad en todo el territorio nacional.

Dicha misión se materializa mediante el desempeño de las funciones atribuidas por el ordenamiento jurídico a la Policía Nacional, y en particular las previstas en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

La atribución, ordenación y desempeño de funciones y responsabilidades se basan en el principio de jerarquía. El mando superior de la Policía Nacional es ejercido por el Ministro del Interior, a través del Secretario de Estado de Seguridad. El mando directo es ejercido por el Director General de la Policía, bajo la autoridad del Secretario de Estado de Seguridad. Y en el caso de los funcionarios de carrera de la Policía Nacional reciben la denominación genérica de Policías Nacionales.

Sus orígenes se remontan a 1824, cuando S.M. el Rey Fernando VII dictase la Real Cédula en la que se creaba la Policía General de Reino. Policía que, ya desde entonces, se pone a las órdenes de un magistrado con el título de Superintendente General.

En ese mismo año se dictan los Reglamentos de Policía tanto de Madrid como de las provincias colocando a estas últimas bajo las órdenes de Intendentes que respondían ante el Intendente General y dividiendo cada provincia en Subdelegaciones radicadas en las localidades o partidos importantes -126 entonces,- que constituyen el antecedente de la actual estructura en Comisarías Provinciales y Locales.

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