Lo que ha hecho el Gobierno al impulsar la proposición de ley que ayer presentaron en el Congreso el PSOE y Unidas Podemos es muy grave porque desprotege el orden constitucional con el objetivo de beneficiar a un grupo específico de personas: los líderes del procés.

Al contrario de lo que ha afirmado el presidente del Gobierno, no se trata de modificar el delito de sedición, por el que fueron condenados Junqueras, Puigdemont y compañía, sino que sencillamente se deroga.

La esencia del delito de sedición no consiste en tipificar y castigar los "desordenes públicos", sino en el fin que se persigue con esa alteración del orden. Como establece el todavía vigente artículo 544 del Código Penal: "Son reos del delito de sedición los que se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza y fuera de las vías legales, la aplicación de la Leyes...". El artículo que la proposición de ley sí modifica (el 557 del Código Penal) habla de "desordenes públicos", con el fin de "alterar la paz pública", pero no establece ningún nexo con la finalidad de ese desorden, que en el caso del procés era nada más y nada menos que incumplir la Constitución e implantar una república independiente en Cataluña.

Lo que desarma nuestro ordenamiento jurídico no es que a los condenados se les rebajen las penas, o incluso se reduzcan los plazos de inhabilitación que van conexos al delito que cometieron, sino que la reforma que se quiere aprobar convierte los sucesos acaecidos en septiembre y octubre de 2017 en poco más que una serie de concentraciones tumultuosas en las que se provocaron desordenes. Si, pongamos por caso, los hinchas del Barça organizaran manifestaciones por su eliminación en la Champions, ocupando vías públicas y enfrentándose a los Mossos, y alguno de sus cabecillas ocupara cargo público, por ejemplo conseller, sería condenado por el mismo delito que lo será Carles Puigdemont cuando decida regresar a España. Piénselo un momento. Es un despropósito, sin duda, pero eso es lo que pretende este regalo a ERC, a cambio de que el grupo republicano apoye sin fisuras al Gobierno en los presupuestos y en otras leyes. Es lo que los independentistas llaman "desjudialización" y el Gobierno "normalización".

Es un despropósito, sin duda, pero eso es lo que pretende este regalo a ERC, a cambio de que el grupo republicano apoye sin fisuras al Gobierno

La reforma convierte, de hecho, en papel mojado la sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que ahora, cuando se publique en el BOE la reforma del Código Penal, tendrá que hacer un juicio de contraste o revisión para ver si los hechos juzgados en su día encajan en la nueva tipificación de desordenes, ya que el delito de sedición ha sido eliminado.

Si tomamos la literalidad de lo que dice el Código Penal en el delito de Rebelión (artículo 427): "Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para... declarar la independencia de una parte del territorio nacional", la verdad es que se corresponde mucho más con lo que de verdad ocurrió en Cataluña cuando se produjo la declaración unilateral de independencia, que lo que se dice en el delito de desordenes públicos.

Todo parece diseñado para que los condenados puedan ver reducidas sus penas de inhabilitación (caso de Junqueras) o para que los huidos puedan volver sin miedo a entrar en prisión; o bien para que su paso por la cárcel sea muy breve. En el caso de la vicepresidenta de ERC, Marta Rovira, que no está acusada de malversación, su delito podría estar incluso prescrito. Es decir, que una vez publicada la reforma en el BOE podría volver a España en cualquier momento sin miedo a pasar por la trena.

La Fiscalía puede tener aquí un papel decisivo, ya que en los huidos tienen que sentarse en el banquillo de los acusados y el Ministerio Público deberá acusar: ¿de qué delito? Me imagino lo que estará pasando por la cabeza del fiscal Javier Zaragoza. No es descartable que la Fiscalía vuelva a insistir en que lo que ocurrió con el procés es susceptible de ser tipificado como delito de rebelión.

El Gobierno ha disfrazado este desmantelamiento del ordenamiento jurídico dentro de una reforma de diversos aspectos del Código Penal, lo que se justifica por la necesidad de adaptarlos a normativas europeas. Se dice en el texto presentado al Congreso: "Esta proposición de ley responde a la necesidad de transposición de determinadas Directivas cuya introducción en el Derecho español es urgente". Eso no es cierto en lo que se refiere a la eliminación del delito de sedición. Nada obliga a España a derogar ese delito, sólo la necesidad de Sánchez del apoyo de ERC. En el texto presentado al Congreso se mezcla la derogación de la sedición con normas sobre la tecnología de doble uso, la falsificación de medios de pago o el castigo a la ocultación de cadáveres. Esta forma chapucera de actuar, que consiste en introducir una reforma sustancial en el Código Penal envuelta en otras modificaciones menores, algunas requeridas por la Unión Europea, es reveladora de la necesidad que tiene el Gobierno de justificar algo injustificable, al margen de las razones puramente políticas.

Por si fuera poco, el Gobierno ha optado por la modalidad legislativa de la proposición de ley, en lugar de hacerlo por la más adecuada del ley, sólo con el fin de eludir la obligación de escuchar la opinión del CGPJ y del Consejo de Estado.

En fin, que este bodrio jurídico no hay por donde cogerlo.