El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso presentado por dos condenados por el asalto al madrileño Centro Cultural Blanquerna durante la celebración de la Diada del año 2013 después de que el Tribunal Supremo elevara a cuatro años y dos meses de prisión la pena de ocho meses que había fijado la Audiencia de Madrid.

En una resolución fechada este jueves, a la que ha tenido acceso El Independiente, la Sala Segunda del TC accede a entrar en el fondo del recurso de amparo interpuesto por el bufete Durán & Durán Abogados en nombre de dos de los 14 condenados al considerar que concurre una "especial trascendencia constitucional" dado que la doctrina sobre el derecho fundamental alegada "podría estar siendo incumplida de modo general y reiterado por la jurisdicción ordinaria o pudieran existir resoluciones judiciales contradictorias" sobre dicho derecho fundamental.

Discriminación ideológica

En enero de este año, al Supremo agravó las penas que había impuesto la Audiencia al apreciar el agravante de discriminación ideológica en la actuación de los ultras. Este matiz, inestimado por la Audiencia Provincial en su sentencia de febrero de 2016, provocó el recurso tanto del Ministerio Fiscal como de la Generalitat de Cataluña.

En concreto, la Fiscalía estimaba que la irrupción de los radicales en las citadas instalaciones madrileñas constituía una protesta "no contra el acto institucional de celebración de la Diada convocado por la Generalitat de Cataluña sino contra lo que se consideraba, en términos recogidos en los hechos probados, un acto de exaltación del movimiento independentista catalán.