Política

Llarena acusa a Puigdemont y Junqueras de ejecutar una "actuación criminal" por la independencia

Junqueras y Puigdemont en una sesión en el Parlament

Junqueras y Puigdemont en una sesión en el Parlament EFE

“Fanatismo violento”, “actuación criminal”, “desobediencia permanente” o “ataque al Estado constitucional” son algunos de los términos que utiliza el magistrado del Tribunal Supremo a lo largo de los 69 folios del auto de procesamiento dictado contra el Govern de Carles Puigdemont.

El instructor hace un relato pormenorizado de los hechos violentos que tuvieron lugar los pasados 20 de septiembre y 1 de octubre en Cataluña para llegar a la conclusión que tras los mismos, los distintos miembros de la Generalitat y de la Mesa del Parlament, cometieron delitos de rebelión, malversación y desobediencia. No obstante, el magistrado atribuye a cada encausado unos delitos en la declaración de independencia unilateral de Cataluña.

Llarena arranca el relato de los hechos en el año 2012 cuando el entonces candidato a la Presidencia de la Generalitat y líder de CIU, Artur Mas, firmó con el presidente de Esquerra Republicana de Cataluña Oriol Junqueras el “Acuerdo para la Transición Nacional y para Garantizar la Estabilidad del Govern de Catalunya”; un acuerdo que determinó el nombramiento de Artur Mas como presidente de dicha autonomía.

El papel de Artur Mas

El juez -que no ha procesado a Mas en esta causa pese a haberle imputado previamente- destaca la importancia del llamado Libro Blanco de la Transición Nacional de Cataluña, presentado públicamente por el ex líder de CIU en septiembre de 2014 donde se proclamó la legitimidad del proceso de autodeterminación de Cataluña y que ha venido marcando desde entonces la hoja de ruta para el proceso de transición de Cataluña hacia un país independiente.

A partir de ahí, el magistrado del Alto Tribunal recoge todas y cada una de las resoluciones que en los últimos años ha dictado el Tribunal Constitucional frenando el desafío independentista y haciendo hincapié en que, de “manera tozuda en incansable”, fueron desoídas por el Govern en las últimas dos legislaturas.

Además, el instructor resume también en su auto todo el operativo llevado a cabo por los Mossos d’Esquadra ante el 1 de Octubre “para boicotear el cumplimiento de la orden judicial por inacción”, con un despliegue de 7.000 agentes cuando en jornadas electorales normales pasaban de 12.000. Recalca, además, cómo los ex presidentes de las asociaciones soberanistas, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, “utilizaron su responsabilidad en ANC y Òmnium para movilizar a cientos de miles de seguidores e impulsaron una masa de fuerza que hiciera frente a la obligación policial de impedir el referéndum ilegal”.

La reunión clave

El juez acusa directamente el ex presidente Carles Puigdemont, el ex vicepresidente Junqueras y el ex conseller de Interior Joaquím Forn de llevar a cabo una “actuación criminal” por la independencia de Cataluña: “En la reunión de coordinación policial del día 28 de septiembre, los tres fueron informados por los responsables de los Mossos d’Esquadra de que la policía autonómica evaluaba un grave riesgo de incidentes violentos procedentes de un sector de la población particularmente movilizado. Conocían además la gravedad en la que desembocó la protesta ante la Consejería de Economía, y sabían de la decisión judicial de prohibir la celebración de la votación, que estaba además garantizada con el importante despliegue de seis mil agentes de las fuerzas de orden público que habían sido movilizados desde otros puntos del país. Pese a ello, teniendo la capacidad de decidir sobre un referéndum que ellos mismos habían convocado y la capacidad de aportar los mecanismos de seguridad policial que podían coadyuvar a la contención de la violencia, prefirieron ordenar la continuación del proceso, llamar a la población a la movilización y a la participación, e impulsar el diseño de un operativo policial autonómico comprometido con que las movilizaciones partidarias de la votación ilegal pudieran enfrentarse con éxito a la fuerza policial del Estado”.

“En igual situación se encuentra la participación que se atribuye a Jordi Sánchez Pincanyol y Jordi Cuixart Navarro. Con capacidad para movilizar a cientos de miles de seguidores de las entidades soberanistas, desde sus discursos en los medios, y desde múltiples mensajes en plataformas digitales con miles de seguidores, impulsaron una masa de fuerza que hiciera frente a la obligación policial de impedir la votación, de retirar el material electoral, y de alcanzar el recuento el día 1-O”, recalca Llarena en el auto que deja al borde del banquillo de los acusados a los líderes independentistas.

De la misma forma, el juez explica que ese “diseño criminal” puede no haberse interrumpido con ocasión de la aplicación del artículo 155 de la Constitución aprobada por el Senado “ya que –cada vez con mayor nitidez— parecen estar latentes y pendientes de reanudación una vez que se recupere el pleno control de las competencias autonómicas”.

Rebelión y violencia

Llarena procesó este viernes por rebelión a trece investigados: el ex presidente de la Generalitat de Catalunya, Carles Puigdemont, su ex vicepresidente Oriol Junqueras, siete ex consellers del Gobierno catalán –Joaquim Forn, Jordi Turull, Raül Romeva, Clara Ponsatí, Josep Rull, Antonio Comín y Dolors Bassa–, la ex presidenta del Parlamento catalán Carme Forcadell, el ex presidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) Jordi Sànchez, el de Omnium Cultural Jordi Cuixart, y a la secretaria general de ERC, Marta Rovira.

La consumación de este delito no exige –prosigue el magistrado– el alcanzar o declarar de manera efectiva la independencia de la parte del territorio correspondiente a la Comunidad Autónoma de Cataluña en este caso, sino que agota su contenido material con la mera realización de la conducta consistente en alzarse violenta y públicamente, siempre que el comportamiento se instrumentalice a lograr el resultado que lo orienta y que éste sea uno de los que el precepto penal contempla.

En el auto, el juez propone juzgar a los otros cinco ex miembros del Gobierno catalán cuando sucedieron los hechos, Meritxell Borràs, Lluis Puig, Carles Mundó, Santi Vila y Meritxell Serret, por delitos de malversación de caudales públicos, y de desobediencia. A Puigdemont, Junqueras y los siete ex consellers procesados por delito de rebelión también les procesa por malversación, sin perjuicio de que su calificación pueda incardinarse en el delito específico de malversación (artículo 432 del Código Penal) o quedar absorbida en el delito agravado de rebelión con distracción de caudales públicos de su legítima inversión contemplado en el artículo 473.2 del Código Penal.

Fianza de 2,1 millones

Asimismo, el instructor procesa por el delito de desobediencia a cinco ex miembros de la Mesa del Parlamento de Catalunya –Lluis María Corominas, Lluis Guinó, Anna Isabel Simó, Ramona Barrufet, y Joan Josep Nuet–, así como a Mireia Boya, ex presidenta del grupo parlamentario de la CUP, y a la fugada Anna Gabriel, ex portavoz del mismo grupo.

Por otro lado, Pablo Llarena fija una fianza de responsabilidad civil por importe de 2,1 millones de euros que deberá ser prestada solidariamente por los 14 ex miembros del Gobierno catalán procesados, es decir, Puigdemont, Junqueras, Forn, Turull, Romeva, Ponsatí, Rull, Comin, Bassa, Borràs, Puig, Mundó, Vila y Serret. La cuantía se ha establecido sumando a 1,6 millones de euros, que el magistrado señala que fue el montante que hubo de emplearse para sufragar el referéndum del 1-0, de acuerdo a las investigaciones practicadas, más el tercio de esa cuantía que debe añadirse de acuerdo a la ley para este tipo de fianzas para asegurar responsabilidades pecuniarias.

Según el Código Penal, las penas por rebelión pueden oscilar entre los 17 y 30 años de prisión. Además, los delitos de rebelión y malversación conllevan una pena de inhabilitación que puede bascular entre los 21 y los 45 años.

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