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Las claves del proceso soberanista

La Generalitat podrá promover la semilibertad de los líderes del 'procés' tras la sentencia del Supremo

Oriol Junqueras, dirigiéndose a la Audiencia Nacional horas antes de que la juez Lamela decretara su ingreso en prisión.

Oriol Junqueras, dirigiéndose a la Audiencia Nacional horas antes de que la juez Lamela decretara su ingreso en prisión. EP

El Govern de Quim Torra tendrá en su mano promover un régimen penitenciario más laxo a los líderes del 'procés' que sean condenados por el Tribunal Supremo debido a que la Generalitat tiene transferidas las competencias de Instituciones Penitenciarias.

Según informan fuentes jurídicas a El Independiente, esto hace que sea Prisiones de la Generalitat el organismo competente para proponer la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario o la clasificación de tercer grado a los ex líderes del Govern que declararon de forma unilateral la independencia de Cataluña el pasado mes de octubre.

Tras el reciente traslado de los presos procesados por rebelión a las cárceles catalanas, se da por hecho que cumplirán la hipotética condena que reciban de la Sala Segunda del Tribunal Supremo –ninguna de las defensas de los promotores del referéndum del 1-0 confían en que vayan a ser absueltos dado los graves delitos a los que se enfrentan y la situación de prisión preventiva que atraviesan- en prisiones de dicha autonomía.

Esto, a priori, puede beneficiarles puesto que la Junta de Tratamiento Penitenciario es el órgano que  tiene la iniciativa a la hora de clasificar a los presos en los distintos grados previstos en la Ley. No obstante, la mayor parte de las decisiones adoptadas por Prisiones pueden ser recurridas por la Fiscalía bien ante un Juez de Vigilancia Penitenciaria en Cataluña o ante el tribunal sentenciador, en este caso, el Tribunal Supremo.

El Reglamento Penitenciario establece que “la clasificación en tercer grado se aplicará a los internos que, por sus circunstancias personales y penitenciarias, estén capacitados para llevar a cabo un régimen de vida en semilibertad”. No obstante, la Ley también establece que cuando la duración de la pena de prisión impuesta sea superior a cinco años, el juez o tribunal podrá ordenar que la clasificación en tercer grado no se efectúe hasta el cumplimiento de la mitad de la pena.

El artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario

Otra opción que podría beneficiar a los ex miembros del Govern que llevaron a cabo la declaración unilateral de independencia es que Prisiones de la Generalitat promueva que se aplique a los cabecillas del ‘procés’ el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, a través del cual un interno estando clasificado en un régimen de segundo grado puede beneficiarse de la flexibilidad del mismo.

Sin embargo, las fuentes jurídicas consultadas explican que el juez de vigilancia penitenciaria competente tendría que dar el visto bueno para la adopción de dicha medida. La razón es que el citado artículo establece que “el equipo técnico podrá proponer a la Junta de Tratamiento que, respecto de cada penado, se adopte un modelo de ejecución en el que puedan combinarse aspectos característicos de cada uno de los mencionados grados, siempre y cuando dicha medida se fundamente en un programa específico de tratamiento que de otra forma no pueda ser ejecutado. Esta medida excepcional necesitará de la ulterior aprobación del Juez de Vigilancia correspondiente, sin perjuicio de su inmediata ejecutividad”.

La postura de la Fiscalía también será clave una vez que haya sentencia ya que el Ministerio Público podrá recurrir el tercer grado o el régimen del artículo 100.2

No obstante, la legislación penitenciaria también establece que “todas las resoluciones de clasificación o progresión a tercer grado adoptadas por el Centro Directivo o por acuerdo unánime de la Junta de Tratamiento” tiene que ser notificadas al Ministerio Fiscal, única parte que puede, junto a la defensa, recurrir los mismos.

De ahí, que la postura y las órdenes que imparta la nueva fiscal general del Estado, María José Segarra, será clave en todas las decisiones jurídicas que se vayan a tomar en las próximas semanas y meses en esta causa -peticiones de libertad, escrito de acusación, calificación definitiva del fiscal en el juicio y, posteriormente, en la clasificación penitenciaria-.

Actualmente, el ex vicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras,  los exconsellers Jordi Turull, Joaquim Forn, Raül Romeva y los 'Jordis', se encuentran en la cárcel de Lledoners, una de las más modernas de Cataluña, situada en Sant Joan de Vilatorrada (Barcelona), Por su parte, la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y la exconsellera de Trabajo Dolors Bassa permanecen en Puig de les Basses, en Figueres (Girona).

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